Importe (Sin Imp.)
152.396,00 €
Total: 163.063,72 €
Valor Estimado
304.792,00 €
Expediente
55/T/22/SS/GE/A/0043
Plazo Presentación
11/7/2022 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de telecomunicación
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
24 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Mejor oferta económica | 100 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
a) Medios para acreditar la solvencia Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario publico o privado de los mismo. Deberá ser al menos por importe igual o superior a ciento cincuenta mil euros (150.000,00 €). Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se podrá acudir además de al CPV, a otros sistemas de clasificación de actividades o productos como el código normalizado de productos y servicios de la Naciones Unidas (UNSPSC), a la Clasificación Central de Productos (CPC) o la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) b) Concreción de los requisitos Se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. De conformidad con lo previsto en el artículo 92 de LCSP y en virtud de lo estipulado en el apartado anterior, el empresario deberá acreditar la solvencia técnico o profesional mediante declaración responsable en la cual quede constancia del cumplimiento de lo relacionado con anterioridad.
a) Medios para acreditar la solvencia Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario, por importe igual o superior a ciento cincuenta mil euros (150.000,00 €). En el caso de empresas cuyo período de actividad no abarque los tres últimos ejercicios, es necesario presentar la cifra de negocios del período de actividades de la empresa, que deberá ser superior en todo caso a la cuantía referida anteriormente en, al menos, un ejercicio comprendido dentro del periodo de actividad de la empresa. b) Concreción de los requisitos Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.
Resultado
Formalizado
Adjudicatario
Nexus Information Technology SAU
Importe Adjudicación
152.396,00 €
Licitadores
1