Establecimiento de un sistema dinámico de adquisición para los servicios habituales de la Universidad de Córdoba
Importe (Sin Imp.)
1.702.000,00 €
Total: 2.059.420,00 €
Valor Estimado
3.404.000,00 €
Expediente
2024/00024
Plazo Presentación
1/9/2027 (14:00:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de arquitectura; servicios de ingeniería y servicios integrados de ingeniería; servicios de planificación urbana y servicios de arquitectura paisajista. Servicios conexos de consultores en ciencia y tecnología. Servicios de ensayos y anílisis tícnicos
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
No especificada
Procedimiento
Restringido
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
Establecimiento del Sistema Dinámico de Adquisición
Presentación
Electrónica
Organismo de Contratación
Ver página del organismoCriterios de Adjudicación
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| criterios automáticos o mediante valoración de fórmulas | 60 | Matemático |
| Criterios de juicio de valor | 40 | Juicio de Valor |
Requisitos de Participación
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
La acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante una relación de los principales servicios efectuados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de la categoría a la que se licite, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 20 por ciento del valor anual estimado de la categoría para un año: 1 50410000 Servicios de reparación y mantenimiento de aparatos de medida, pruebas y verificación 34.000,00€ 2 71240000 Servicios de Arquitectura, ingeniería y planificación 20.000,00 € 3 71600000 Servicios de ensayo, análisis y consultoría técnicos 44.000,00 € 4 71900000 Servicios de laboratorio 10.000,00 € 5 72200000 Servicios de programación de «software» y de consultoría. 37.600,00 € 6 73100000 Servicios de investigación y desarrollo experimental 24.600,00 € 7 79212000 Servicios de auditoría 30.000,00 € En el caso de que se licite a más de una categoría este requisito tendrá que acreditarse para cada una de las categorías. La acreditación se realizará mediante certificados expedidos por los destinatarios, facturas o cualquier documento en el que se acredite la naturaleza de los servicios realizados y los importes. Certificación ROLECE art. 337 y ss. LCSP Ver PCAP anexo I apartado 12 para continuar
Las licitadoras deberán acreditar un volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, de importe igual o superior al 25 por ciento de los importes establecidos como presupuesto base de la licitación de la categoría para un año: 1 50410000 Servicios de reparación y mantenimiento de aparatos de medida, pruebas y verificación 42.500,00€ 2 71240000 Servicios de Arquitectura, ingeniería y planificación 25.000,00€ 3 71600000 Servicios de ensayo, análisis y consultoría técnicos 55.000,00€ 4 71900000 Servicios de laboratorio 12.500,00€ 5 72200000 Servicios de programación de software y de consultoría. 47.000,00€ 6 73100000 Servicios de investigación y desarrollo experimental 30.750,00€ 7 79212000 Servicios de auditoría 37.500,00 € El volumen anual de negocio se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Las licitadoras individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Dicha cifra se calculará en proporción a la fecha de inicio de la actividad cuando, por dicho motivo, no se pudieran acreditar los tres últimos ejercicios. Certificación ROLECE art. 337 y ss. LCSP (continuar en PCAP apartado 12 Anexo I)