Importe (Sin Imp.)
53.553,15 €
Total: 64.799,31 €
Valor Estimado
80.329,72 €
Expediente
A2025/000073
Plazo Presentación
9/8/2024 (19:00:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de investigación de estudios y encuestas de la opinión pública
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
24 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
De acuerdo con la cláusula 4.4 del PCAP.
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Diseño metodológico | 20 | Juicio de Valor |
| Estructura, cualificación y composición del equipo de trabajo | 5 | Juicio de Valor |
| Oferta económica | 55 | Matemático |
| Trabajo de campo | 20 | Juicio de Valor |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
No prohibición para contratar
Código: 2
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Capacidad de obrar
Código: 1
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
La solvencia técnica o profesional se acreditará, en los términos recogidos en el artículo 90 de la LCSP, mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato (se tomará como referencia la equivalencia en los tres primeros dígitos del CPV de los servicios) en el curso de como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Acreditación: Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El valor global de los servicios acreditados en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior a 61.000,00 €, IVA excluido. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante declaración del personal técnico o de las unidades técnicas, adscritas a la ejecución del contrato. El personal técnico mínimo exigido será el siguiente: Un responsable del estudio que haya realizado al menos cinco encuestas de opinión con metodología similar al objeto de este contrato y que se encuentre en posesión de titulación universitaria de grado superior o medio. Acreditación: Mediante presentación del currículum vitae en el que se especifique los trabajos realizados, y documentación acreditativa de la titulación exigida.
La solvencia técnica o profesional se acreditará, en los términos recogidos en el artículo 90 de la LCSP, mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato (se tomará como referencia la equivalencia en los tres primeros dígitos del CPV de los servicios) en el curso de como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Acreditación: Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El valor global de los servicios acreditados en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior a 61.000,00 €, IVA excluido. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante declaración del personal técnico o de las unidades técnicas, adscritas a la ejecución del contrato. El personal técnico mínimo exigido será el siguiente: Un responsable del estudio que haya realizado al menos cinco encuestas de opinión con metodología similar al objeto de este contrato y que se encuentre en posesión de titulación universitaria de grado superior o medio. Acreditación: Mediante presentación del currículum vitae en el que se especifique los trabajos realizados, y documentación acreditativa de la titulación exigida.
La solvencia económica y financiera se acreditará, en los términos recogidos en el artículo 87 de la LCSP, mediante el volumen anual de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocios de los tres últimos años concluidos, deberá ser igual o superior a 61.000,00 €, IVA excluido. Acreditación: El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Resultado
Adjudicado
Adjudicatario
Empresa de Estudos Sociais de Galicia SLU
Importe Adjudicación
45.360,00 €
Licitadores
3