Importe (Sin Imp.)
769.235,41 €
Total: 846.158,95 €
Valor Estimado
1.538.470,82 €
Expediente
300/2024/01331
Plazo Presentación
21/4/2025 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
24 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
Según establece el apartado 10 del Anexo I del PCAP, sí procede prórroga con una duración máxima de 24 meses.
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| 2.2. Mejoras técnicas que aportan calidad al servicio: PORTES | 10 | Matemático |
| 1.2. Idoneidad del proyecto presentado. Organización y estructura de actividades y talleres | 15 | Juicio de Valor |
| 2.2. Mejoras técnicas que aportan calidad al servicio: VIDEO | 10 | Matemático |
| 2.1. Oferta económica | 30 | Matemático |
| 2.2. Mejoras técnicas que aportan calidad al servicio: PISCINA | 20 | Matemático |
| 2.3. Mejoras de la ocupación y adaptabilidad de las personas adscritas al contrato | 5 | Matemático |
| 1.1. Idoneidad del proyecto presentado. Fundamentación, objetivos, técnicas y metodología | 5 | Juicio de Valor |
| 1.3. Idoneidad del proyecto presentado. Calidad social de la propuesta | 5 | Juicio de Valor |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
No prohibición para contratar
Código: 2
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Capacidad de obrar
Código: 1
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
Artículo 90.1 de la LCSP:- Apartado: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Esta solvencia se considerará acreditada por aquellas empresas que acrediten una relación firmada digitalmente de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en los últimos tres años, tomándose como referencia para el cómputo de dichos años la fecha de finalización del plazo de presentación de las proposiciones, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 384.617,71 euros. Cuando el destinatario sea una entidad del sector público, esta relación deberá venir acompañada documentalmente por los correspondientes certificados expedidos o visados por el órgano competente. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, esta relación deberá venir acompañada documentalmente mediante un certificado expedido por éste. A falta de este certificado, esta relación deberá venir acompañada documentalmente mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. En todos los casos, los certificados deberán incluir el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, así como la descripción concreta del servicio prestado. Para determinar que un trabajo está relacionado con el objeto del contrato o similares a dicho objeto, se atenderá cuando coincida con los tres primeros dígitos del código CPV (85.311100-3) reseñado en el PCAP. Se elige este medio de acreditar la solvencia técnica y profesional por considerarlo un criterio general de acreditación suficiente, frente al resto de los medios que figuran en la LCSP, ya que al ser de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato y al ser requeridos los pertinentes certificados por el órgano competente, permitirán corroborar la buena ejecución de los mismos y garantizar la prestación adecuada del objeto del contrato.
En el artículo 87.1 de la LCSP: “La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse Apartado a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.” (art. 87.1.a)”. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: La solvencia económica y financiera se considerará acreditada mediante la presentación de una declaración responsable del licitador firmada digitalmente por el representante legal de la entidad en la que conste su volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, en los tres últimos ejercicios concluidos cuyo importe sea igual o superior al 25% del valor estimado del contrato, esto es 384.617,71 euros.
Resultado
Formalizado
Adjudicatario
HARTFORD,S.L.
Importe Adjudicación
765.000,00 €
Licitadores
5