RESUELTA
Publicada: 4/3/2026Última actualización: 29/9/2026

Atención al público en centros de interpretación dependientes de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Paisaje Urbano(2 lotes)

Importe (Sin Imp.)

241.551,86 €

Total: 292.277,75 €

Valor Estimado

446.516,81 €

Expediente

300/2025/03606

Plazo Presentación

26/3/2026 (23:59:00)

Tipo de Contrato

Servicios

Subtipo

Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos

CPV

Servicios de organización de ferias y exposiciones.(79956000)

Lugar de Ejecución

Duración

910 Día(s)

Procedimiento

Abierto

Financiación UE

No

Tramitación

Ordinaria

Sistema Contratación

No aplica

Presentación

Electrónica

Organismo de Contratación

Ver página del organismo

Prórrogas y Modificaciones

Prórrogas

Por un periodo máximo de 24 meses.

Lotes(2)

Códigos CPV
Criterios de adjudicación
2.1 Conocimiento de idiomas del controlador 1
13%
1. Oferta económica
35%
3 2 a) Experiencia profesional acreditada del controlador 1
6%
3.2 c) Experiencia profesional acreditada del controlador 3
6%
2.3 Conocimiento de idiomas del controlador 3
13%
2.2 Conocimiento de idiomas del controlador 2
13%
3 2 b) Experiencia profesional acreditada del controlador 2
6%
3 .1) Experiencia profesional acreditada del coordinador
8%
Criterios técnicos
Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales y/o materiales de conformidad con el apartado 9 del Anexo I del pliego de cláusulas administrativas particulares, en relación con las cláusulas 16 y 25 de dicho pliego.
Articulo 90.1 apartado a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Esta solvencia se acreditará mediante una relación firmada por el representante legal de la empresa de los principales trabajos efectuados durante los últimos 3 años (los 36 meses anteriores contados hasta la fecha final de presentación de ofertas) del mismo tipo o naturaleza que el objeto del contrato, indicando fechas, importes y beneficiarios y exigiéndose expresamente que el valor acumulado de los contratos realizados durante el año de mayor ejecución del periodo citado sea igual o superior a 86.919,83 €, IVA excluido; acompañada de certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos del código CPV del contrato (799). Se podrá acreditar la solvencia indistintamente mediante:-Clasificación: Grupo/s: L Subgrupo/s:5 Categoria : 186919.83
EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN: Articulo 90.1 e) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Cuando el licitador sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal, aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años (art. 90.4 de la LCSP), su solvencia técnica se acreditará mediante el apartado e) del artículo 90.1 de la LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en el apartado a), relativo a la ejecución de un determinado número de servicios, siendo los requisitos mínimos y la forma de acreditación, los siguientes: El empresario y, al menos, un directivo de la empresa de nueva creación con capacidad de decisión operativa en este proyecto, deberán estar en posesión como mínimo de una titulación superior (Licenciatura o Grado) relacionada con las materias objeto del servicio: Gestión cultural, Gestión de empresas e industrias culturales, Humanidades y Ciencias Sociales, Economía y Administración de Empresas o asimiladas y, además, contarán con una experiencia mínima acreditada superior a 5 años en la realización de los servicios que el contrato requiere. Se acreditará mediante la oportuna presentación de la documentación oficial y currículum del representante legal de la empresa. Se hace constar expresamente que, para dar cumplimiento al artículo 90.1.e) de la LCSP, el empresario y el/los directivos de la empresa de nueva creación, con capacidad de decisión operativa en este proyecto, cuya titulación y experiencia sean evaluadas para acreditar la solvencia técnica o profesional de dicha empresa, no podrán formar parte del equipo de trabajo de campo (controladores/as de sala y/o coordinadores/as) cuyos méritos sean evaluados como criterio valorable en cifras o porcentajes de adjudicación nº 3 “Experiencia profesional del personal adscrito al servicio”. En caso de que dichas titulaciones y experiencia se utilizasen en ambas partes del procedimiento, no serían tenidos en cuenta ni valorados como criterio de adjudicación. Se podrá acreditar la solvencia indistintamente mediante:-Clasificación: Grupo/s: L Subgrupo/s:5 Categoria : 1
Criterios económicos
Articulo 87.1 letra a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos (2023, 2024 y 2025), deberá ser al menos de 186.256,79 euros, IVA excluido, que se acreditarán mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la empresa. Se podrá acreditar la solvencia indistintamente mediante:-Clasificación: Grupo/s: L Subgrupo/s:5 Categoria : 1186256.79
Requisitos específicos
No prohibición para contratar
Capacidad de obrar
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Declaración sobre personas con discapacidad
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Códigos CPV
Criterios de adjudicación
1.Oferta económica
35%
3.2) Experiencia acreditada profesional del controlador/a de sala
17%
3.1) Experiencia acreditada profesional del coordinador
8%
2. Conocimiento de idiomas del controlador de sala
40%
Criterios técnicos
Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales y/o materiales de conformidad con el apartado 9 del Anexo I del pliego de cláusulas administrativas particulares, en relación con las cláusulas 16 y 25 de dicho pliego.
EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN Articulo 90.1 e) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Cuando el licitador sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal, aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años (art. 90.4 de la LCSP), su solvencia técnica se acreditará mediante el apartado e) del artículo 90.1 de la LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en el apartado a), relativo a la ejecución de un determinado número de servicios, siendo los requisitos mínimos y la forma de acreditación, los siguientes: El empresario y, al menos, un directivo de la empresa de nueva creación con capacidad de decisión operativa en este proyecto, deberán estar en posesión como mínimo de una titulación superior (Licenciatura o Grado) relacionada con las materias objeto del servicio: Gestión cultural, Gestión de empresas e industrias culturales, Humanidades y Ciencias Sociales, Economía y Administración de Empresas o asimiladas y, además, contarán con una experiencia mínima acreditada superior a 5 años en la realización de los servicios que el contrato requiere. Se acreditará mediante la oportuna presentación de la documentación oficial y currículum del representante legal de la empresa. Se hace constar expresamente que, para dar cumplimiento al artículo 90.1.e) de la LCSP, el empresario y el/los directivos de la empresa de nueva creación, con capacidad de decisión operativa en este proyecto, cuya titulación y experiencia sean evaluadas para acreditar la solvencia técnica o profesional de dicha empresa, no podrán formar parte del equipo de trabajo de campo (controladores/as de sala y/o coordinadores/as) cuyos méritos sean evaluados como criterio valorable en cifras o porcentajes de adjudicación nº 3 “Experiencia profesional del personal adscrito al servicio”. En caso de que dichas titulaciones y experiencia se utilizasen en ambas partes del procedimiento, no serían tenidos en cuenta ni valorados como criterio de adjudicación Se podrá acreditar la solvencia indistintamente mediante:-Clasificación: Grupo/s: L Subgrupo/s:5 Categoria : 1
Articulo 90.1 a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Esta solvencia se acreditará mediante una relación firmada por el representante legal de la empresa de los principales trabajos efectuados durante los últimos 3 años (los 36 meses anteriores contados hasta la fecha final de presentación de ofertas) del mismo tipo o naturaleza que el objeto del contrato, indicando fechas, importes y beneficiarios y exigiéndose expresamente que el valor acumulado de los contratos realizados durante el año de mayor ejecución del periodo citado sea igual o superior a 46.423,87 €, IVA excluido, acompañada de certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos del código CPV del contrato (799). Se podrá acreditar la solvencia indistintamente mediante: Clasificación: Grupo/s: L Subgrupo/s:5 Categoría :146423.87
Criterios económicos
Articulo 87.1 a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos (2023, 2024 y 2025), deberá ser al menos de 99.479,73 euros, IVA excluido, que se acreditarán mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la empresa. Se podrá acreditar la solvencia indistintamente mediante: Clasificación: Grupo/s: L Subgrupo/s:5 Categoría :199479.73
Requisitos específicos
No prohibición para contratar
Declaración sobre personas con discapacidad
Capacidad de obrar
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Resultados de la Licitación (2)

Resultado

Lote 1

Formalizado

Adjudicatario

EBONE SERVICIOS EDUCACIÓN DEPORTE S.L.

B73405599

Importe Adjudicación

153.853,73 €

Licitadores

4

Resultado

Lote 2

Formalizado

Adjudicatario

EBONE SERVICIOS EDUCACIÓN DEPORTE S.L.

B73405599

Importe Adjudicación

59.555,20 €

Licitadores

4

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