Contrato de Servicio de Limpieza de la Red de Factorías Industriales de la Ciudad de Madrid
Importe (Sin Imp.)
232.887,79 €
Total: 281.794,22 €
Valor Estimado
628.796,88 €
Expediente
300/2025/02850
Plazo Presentación
24/8/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de limpieza de edificios y servicios de administración de bienes raíces
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
24 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Organismo de Contratación
Ver página del organismoPrórrogas y Modificaciones
Prórrogas
Hasta un máximo de 36 meses según lo dispuesto en el art. 29 LCSP.
Opciones
Prórroga del expediente [300/2025/02850]
Criterios de Adjudicación
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| 3.1 - Mejoras técnicas: Bolsa de horas adicionales de limpieza de carácter extraordinario | 15 | Matemático |
| 3.3 Servicio de recogida y llevada a un punto limpio especializado | 10 | Matemático |
| 3.2 - Mejoras técnicas: Bolsa de horas adicionales de limpieza de cristales de carácter extraordinario | 15 | Matemático |
| 2.- Criterios sociales. Acciones de formación profesional | 25 | Matemático |
| 1.- Oferta económica | 35 | Matemático |
Requisitos de Participación
Situación Personal
Los licitadores deberán aportar certificado de inscripción en el Registro administrativo de Empresas de inserción correspondiente a la Administración Central o de las distintas Comunidades Autónomas, así como una declaración responsable poniendo de manifiesto la vigencia de los datos recogidos en la inscripción del Registro, firmada por persona con poder bastante de la entidad para actuar en su nombre y representación. En el caso de que el licitador fuese una UTE, el carácter de empresa de inserción deberá concurrir en todas y cada una de las entidades que integren la UTE.
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
No prohibición para contratar
Código: 2
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Capacidad de obrar
Código: 1
Artículo 90.1 letra a): Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: La acreditación de la solvencia técnica o profesional se efectuará mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, contados desde el fin del plazo de presentación de ofertas, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumilado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 88.031,57 euros, IVA excluido. La acreditación se realizará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración responsable del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Asimismo, todos los licitadores deberán presentar un listado resumen firmado por el apoderado de la empresa, en la que se detalle el importe, la fecha y el destinatario de los distintos trabajos, totalizando los importes de los trabajos/contratos que correspondan a cada uno de los últimos tres años, a efectos de seleccionar el año de mayor ejecución. A los efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos del código de la CPV. Conforme a lo establecido en el artículo 75 de la LCSP, los licitadores podrán acreditar los requisitos específicos de solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestren que durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar.
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Que el volumen anual de negocios del licitador o candidato, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos, sea igual o superior a 188.639,07 euros, debiendo acreditarse mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Cuando por una razón válida el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencia solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.