PENDIENTE DE ADJUDICACION
Publicada: 28/4/2026Última actualización: 5/10/2026

Servicio de mantenimiento integral de los elementos de transporte vertical en el viario público del Concello de Ourense

Importe (Sin Imp.)

470.600,00 €

Total: 569.426,00 €

Valor Estimado

785.520,00 €

Expediente

2026013724 (Ref. 2808)

Plazo Presentación

28/5/2026 (14:00:00)

Tipo de Contrato

Servicios

Subtipo

Servicios de mantenimiento y reparación

CPV

Servicios de mantenimiento de ascensores., Servicios de reparación y mantenimiento de escaleras mecánicas., Partes de equipos de elevación y manipulación., Servicios de inspección técnica.(50750000, 50740000, 42419000, 71631000)

Lugar de Ejecución

Duración

36 Mes(es)

Procedimiento

Abierto

Financiación UE

No

Tramitación

Ordinaria

Sistema Contratación

No aplica

Presentación

Electrónica

Organismo de Contratación

Ver página del organismo

Prórrogas y Modificaciones

Prórrogas

Este contrato podrá prorrogarse expresamente por un año más, hasta alcanzar una duración máxima (período inicial + prórrogas) de CUATRO AÑOS.

Criterios de Adjudicación

CriterioPonderaciónTipo
Descripción analítica y detallada de los procedimientos a desarrollar10
Juicio de Valor
Oferta económica70
Matemático
Descripción de la organización de los medios humanos y materiales10
Juicio de Valor
Descripción de la gestión y control informático de mantenimiento10
Juicio de Valor

Requisitos de Participación

Condiciones Generales

Situación Personal

Para la ejecución de las labores objeto de este contrato resulta necesario que la empresa esté inscrita en el Registro de Empresas Conservadoras de Ascensores de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Descripción de Solvencia

Ver artículo 10 del PCAP

Requisitos Específicos

Capacidad de obrar

Código: 1

Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Código: 5

Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Código: 4

Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

Código: 9

No estar incurso en incompatibilidades

Código: 3

No prohibición para contratar

Código: 2

Criterios Técnicos

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 apartado a) de la LCSP, se acreditará mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato (atendiendo a los cuatro primeros dígitos de los CVP: 5074 y 5075) en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, sin IVA. La acreditación documental se efectuará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.

Tipo: Trabajos realizados
Criterios Económico-Financieros

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 apartado a) de la LCSP, se acreditará mediante el volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia: Se considerará como volumen de negocio mínimo, referido al mejor ejercicio dentro de los 3 últimos disponibles, la cantidad equivalente al doble del valor anual medio del contrato, sin IVA. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil o, en su defecto, mediante declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa acompañada de copia las declaraciones tributarias que lo respalden (IRPF o resumen anual de IVA).

Tipo: Cifra anual de negocio
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