Transporte para programas educativos
Importe (Sin Imp.)
859.649,61 €
Total: 945.614,57 €
Valor Estimado
1.719.299,22 €
Expediente
300/2026/01222
Plazo Presentación
14/8/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de transporte por vía terrestre, incluidos los servicios de furgones blindados y servicios de mensajería, excepto el transporte de correo
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
No especificada
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Organismo de Contratación
Prórrogas y Modificaciones
Prórrogas
El contrato podrá prorrogarse por un periodo máximo idéntico al de su ejecución, en uno o varios periodos iguales o inferiores a los citados 12 meses. Durante el periodo de duración de la/s prorroga/s las características del contrato permanecerán inalterables.
Criterios de Adjudicación
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| 1. Oferta económica Hasta 70 puntos (70 %) | 70 | Matemático |
| 2a. Mejoras técnicas : Flota de autobuses con capacidad mínima de 60 plazas: hasta 9 puntos | 9 | Matemático |
| Calidad del Protocolo de actuación en caso de accidentes y sus anexos: hasta 15 puntos | 15 | Juicio de Valor |
| 2b. Mejoras técnicas : Taxis adaptados : 6 puntos | 6 | Matemático |
Requisitos de Participación
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Capacidad de obrar
Código: 1
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
No prohibición para contratar
Código: 2
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
Se entenderá acreditada la solvencia por el licitador/a que en los últimos tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de las ofertas, haya realizado trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato por un importe anual ejecutado, durante cualquiera de esos tres años, igual o superior a 300.000 euros. A los efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos del código CPV. La acreditación de los trabajos se efectuará, conforme se indica en el artículo 90.1 apartado a) de la LCSP, mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Medios externos de acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional: Conforme a lo establecido en el artículo 75 de la LCSP, los licitadores podrán acreditar los requisitos específicos de solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestren que durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurran no esté incursa en una prohibición de contratar.
El licitador deberá acreditar un volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los últimos tres años disponibles (2023, 2024 y 2025) que deberá ser igual o superior a 300.000 euros debiendo acreditarse mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Medios alternativos de acreditación de la solvencia económica y financiera: Las entidades licitadoras podrán acreditar la solvencia económica por medios alternativos en los términos del artículo 86.1, párrafo tercero de la LCSP. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la Mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica, como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica.