PENDIENTE DE ADJUDICACION
Publicada: 27/5/2026Última actualización: 29/9/2026

Transporte para programas educativos

Importe (Sin Imp.)

859.649,61 €

Total: 945.614,57 €

Valor Estimado

1.719.299,22 €

Expediente

300/2026/01222

Plazo Presentación

14/8/2026 (23:59:00)

Tipo de Contrato

Servicios

Subtipo

Servicios de transporte por vía terrestre, incluidos los servicios de furgones blindados y servicios de mensajería, excepto el transporte de correo

CPV

Servicios de transporte por la vía pública.(60112000)

Lugar de Ejecución

Duración

No especificada

Procedimiento

Abierto

Financiación UE

No

Tramitación

Ordinaria

Sistema Contratación

No aplica

Presentación

Electrónica

Organismo de Contratación

Prórrogas y Modificaciones

Prórrogas

El contrato podrá prorrogarse por un periodo máximo idéntico al de su ejecución, en uno o varios periodos iguales o inferiores a los citados 12 meses. Durante el periodo de duración de la/s prorroga/s las características del contrato permanecerán inalterables.

Criterios de Adjudicación

CriterioPonderaciónTipo
1. Oferta económica Hasta 70 puntos (70 %)70
Matemático
2a. Mejoras técnicas : Flota de autobuses con capacidad mínima de 60 plazas: hasta 9 puntos9
Matemático
Calidad del Protocolo de actuación en caso de accidentes y sus anexos: hasta 15 puntos15
Juicio de Valor
2b. Mejoras técnicas : Taxis adaptados : 6 puntos6
Matemático

Requisitos de Participación

Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.

Requisitos Específicos

Capacidad de obrar

Código: 1

Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Código: 5

No prohibición para contratar

Código: 2

Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Código: 4

Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad

Código: 12

Criterios Técnicos

Se entenderá acreditada la solvencia por el licitador/a que en los últimos tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de las ofertas, haya realizado trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato por un importe anual ejecutado, durante cualquiera de esos tres años, igual o superior a 300.000 euros. A los efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos del código CPV. La acreditación de los trabajos se efectuará, conforme se indica en el artículo 90.1 apartado a) de la LCSP, mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Medios externos de acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional: Conforme a lo establecido en el artículo 75 de la LCSP, los licitadores podrán acreditar los requisitos específicos de solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestren que durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurran no esté incursa en una prohibición de contratar.

Tipo: Trabajos realizadosUmbral: 300000
Criterios Económico-Financieros

El licitador deberá acreditar un volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los últimos tres años disponibles (2023, 2024 y 2025) que deberá ser igual o superior a 300.000 euros debiendo acreditarse mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Medios alternativos de acreditación de la solvencia económica y financiera: Las entidades licitadoras podrán acreditar la solvencia económica por medios alternativos en los términos del artículo 86.1, párrafo tercero de la LCSP. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la Mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica, como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica.

Tipo: Cifra anual de negocioUmbral: 300000
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