Importe (Sin Imp.)
4.703.208,46 €
Total: 5.690.882,24 €
Valor Estimado
5.173.529,31 €
Expediente
O-04/26-01
Plazo Presentación
14/9/2026 (13:00:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Construcción general de edificios y obras singulares de ingeniería civil (puentes, túneles, etc.)
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
18 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Programación de los trabajos (PT) | 20 | Juicio de Valor |
| Suministros, equipos y productos ofertados (SEP) | 30 | Juicio de Valor |
| Incremento de gastos de ensayos | 10 | Matemático |
| Propuesta de actuaciones medioambientales y de gestión de residuos (PA) | 10 | Juicio de Valor |
| Precio | 80 | Matemático |
| Valor técnico de la oferta (VT) | 40 | Juicio de Valor |
| Presentación de PRE-BEP | 10 | Matemático |
No prohibición para contratar
Código: 2
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Capacidad de obrar
Código: 1
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos 5 años. Las obras deberán ser del mismo tipo de las incluidas en el grupo y subgrupo de clasificación señalada para el lote o lotes a los que concurra, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. Los certificados de buena ejecución de las obras incluidas en la relación cuyo destinatario fuese una entidad del sector público serán comunicados directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de las obras. A estos efectos, las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquélla en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquél en el capital social de ésta. El número de obras ejecutadas deberá ser como mínimo de tres (3) y el importe de cada una de las mismas deberá ser como mínimo de 2.194.830,62 euros.
Volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe mínimo 4.703.208,47 Euros