Sustitución sistema protección cables Muelle Cristóbal Colón.
Importe (Sin Imp.)
861.957,99 €
Total: 922.295,05 €
Valor Estimado
861.957,99 €
Expediente
I-2026/18
Plazo Presentación
7/7/2026 (14:00:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Obras hidráulicas
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
6 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Organismo de Contratación
Ver página del organismoCriterios de Adjudicación
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Programa de trabajos | 22 | Juicio de Valor |
| Precio del contrato | 60 | Matemático |
| Memoria técnica | 18 | Juicio de Valor |
Requisitos de Participación
No prohibición para contratar
Código: 2
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Capacidad de obrar
Código: 1
Los licitadores que no estén obligados a ostentar la clasificación como contratista de obras podrán acreditar su solvencia técnica mediante su experiencia o trabajos realizados en los últimos cinco (5) años en la realización de obras del mismo tipo o naturaleza al que corresponde la presente licitación. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por 100 de la anualidad media del contrato, es decir, igual o superior a seiscientos tres mil trescientos setenta euros con cincuenta y nueve céntimos (603.370,59 €).
El licitador deberá tener en vigor las certificaciones bajo las Normas ISO 9001 y 14001 o equivalentes. Se aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes que presente el contratista, siempre y cuando quede justificado fehacientemente, mediante empresa certificadora acreditada, que aplica los métodos, normas y criterios precisos para cumplir con las Normas antes referidas
Los licitadores que no estén obligados a ostentar la clasificación como contratista de obras podrán acreditar su solvencia económica y financiera mediante el volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres (3) últimos disponibles deberá ser, al menos, una vez y media la anualidad media del contrato, es decir, al menos, un millón doscientos noventa y dos mil novecientos treinta y seis euros con noventa y nueve céntimos (1.292.936,99) euros.