Importe (Sin Imp.)
157.451,70 €
Total: 190.516,56 €
Valor Estimado
157.451,70 €
Expediente
A2026/002041
Plazo Presentación
8/7/2026 (19:00:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Otros servicios
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
24 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Bolsa de horas gratuitas | 10 | Matemático |
| Precio del contrato | 90 | Matemático |
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Capacidad de obrar
Código: 1
No prohibición para contratar
Código: 2
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituye el objeto del contrato, como máximo los tres últimos años en los que se indique el importe, la fecha, el destinatario público o privado de los mismos por un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos o suministros acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. Los servicios realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este, o a falta de este certificado, mediante una declaración responsable acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación, en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. No se exige como obligatoria, pero se entenderá que cuenta con solvencia técnica suficiente el licitador que justifique la clasificación en el Grupo L, subgrupo 6, categoría 1. Para las empresas a las que se refiere el artículo 90.4 se prevé la acreditación de la solvencia técnica mediante “Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación acreditativa” y el requisito mínimo será que la plantilla media anual sea de, al menos, 25 trabajadores.
Se exige que el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas sea de una vez y media el valor anual medio del contrato. Se acreditará por medio de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. No se exige como obligatoria, pero se entenderá que cuenta con solvencia económica y financiera suficiente el licitador que la justifique la clasificación en el Grupo L, subgrupo 6, categoría 1.