PENDIENTE DE ADJUDICACION
Publicada: 10/6/2026Última actualización: 28/9/2026

concesión del servicio del ciclo integral del agua del municipio de Almazán, II

Importe (Sin Imp.)

23.064.100,57 €

Total: 25.370.510,63 €

Valor Estimado

23.064.100,57 €

Expediente

140/2026

Plazo Presentación

20/7/2026 (23:59:00)

Tipo de Contrato

22

Subtipo

-

CPV

Distribución de agua potable., Servicios de retirada de aguas residuales., Explotación del suministro de agua., Servicios de tratamiento de aguas residuales., Distribución de agua y servicios conexos., Explotación de una planta depuradora de agua., Explotación de una planta de tratamiento de aguas residuales., Servicios de saneamiento y limpieza en áreas urbanas o rurales y relacionados con ellos., Servicios de alcantarillado., Servicios de gestión de alcantarillados.(65111000, 90410000, 65130000, 90420000, 65100000, 65120000, 90481000, 90600000, 90400000, 90480000)

Lugar de Ejecución

Duración

25 Año(s)

Procedimiento

Abierto

Financiación UE

No

Tramitación

Ordinaria

Sistema Contratación

No aplica

Presentación

Electrónica

Organismo de Contratación

Ver página del organismo

Criterios de Adjudicación

CriterioPonderaciónTipo
PLAN EXPLOTACION DEL NEGOCIO18.5
Juicio de Valor
CANON ANUAL60
Matemático
SOCIAL2.5
Juicio de Valor
MEDIDAS MEDIOAMBIENTALES11
Juicio de Valor
PROPUESTAS ORGANIZATIVA Y FUNCIONAL8
Juicio de Valor

Requisitos de Participación

Condiciones Generales

Garantía Definitiva

836881.5

Requisitos Específicos

Capacidad de obrar

Código: 1

Criterios Técnicos

Los licitadores deberán acreditar su experiencia en la prestación conjunta de servicios del ciclo integral del agua (abastecimiento, alcantarillado y depuración). En este sentido, se exige haber sido titular de, al menos, 3 contratos de concesión de servicios de ciclo integral del agua con una población servida superior a 6.000 habitantes empadronados. Dicha solvencia se deberá acreditar mediante la relación de contratos, ejecutados por el interesado en el curso de los tres últimos años, recogidos en los correspondientes certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Además, el importe anual acumulado de las contraprestaciones percibidas por la realización de los servicios reseñados en el primer párrafo de esta cláusula, en el año de mayor ejecución, sea igual o superior a SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO EUROS CON NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS (645.794,82 €) que corresponde con el 70% de la anualidad media del contrato. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. Los certificados de ejecución deberán incluir, al menos: tipo de contrato, fechas de inicio y finalización, valor estimado o, en su defecto, importes percibidos por el licitador, y número de habitantes atendido

Tipo: Trabajos realizados
Criterios Económico-Financieros

Los licitadores deberán acreditar un volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos concluidos, de como mínimo UN MILLÓN TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS EUROS CON TRES CÉNTIMOS (1.383.846,03 €) que se corresponde con una vez y media al valor anual medio del contrato. El volumen anual de negocios de los licitadores se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Tipo: Cifra anual de negocio
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