Importe (Sin Imp.)
290.258,22 €
Total: 351.212,45 €
Valor Estimado
290.285,22 €
Expediente
1004/2026
Plazo Presentación
16/7/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Demolición de inmuebles y movimientos de tierras
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
3 Mes(es)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| MAYOR PLAZO DE GARANTÍA | 10 | Matemático |
| PRECIO MÁS BAJO | 90 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
Según artículo 88 LCSP. Relación de las principales obras o trabajos realizados en los últimos cinco años del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalada por certificados de buena ejecución. Criterios de selección: - El importe anual, sin incluir los impuestos, que el empresario deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución del periodo antes indicado, en trabajos del grupo o subgrupo al que corresponde el contrato, deberá ser, al menos, el valor estimado del contrato. Se acreditará mediante: certificados de buena ejecución, con indicación del importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término
Según artículo 87 LCSP. Declaración sobre el volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos. Criterios de selección: El volumen anual de negocios deberá ser, al menos, de una vez el valor estimado del contrato. Se acreditará mediante: cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Asimismo, se deberá acompañar una declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa. En el supuesto de empresas de reciente constitución, el volumen de negocio se referirá al mejor de cualquiera de los ejercicios. En el supuesto que la empresa no hubiese completado ningún ejercicio completo o se hubiese constituido para concursar al presente procedimiento, la solvencia económica y financiera se acreditará mediante aval bancario por el importe mínimo de una vez el valor estimado del contrato.