Importe (Sin Imp.)
2.105.907,51 €
Total: 2.548.148,09 €
Valor Estimado
2.105.907,51 €
Expediente
E-CON-2026-38/OB/AM
Plazo Presentación
26/6/2026 (14:00:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Instalación de edificios y obras
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
5 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
Tramitación
Urgente
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Memoria descriptiva | 4 | Juicio de Valor |
| Programa de trabajo | 5 | Juicio de Valor |
| Descripción detallada de los módulos fotovoltaicos | 4 | Juicio de Valor |
| Medios humanos propios adicionales | 5 | Matemático |
| El precio | 60 | Matemático |
| Aumento del plazo de garantía | 10 | Matemático |
| Planos | 4 | Juicio de Valor |
| Listado de partidas detalladas | 4 | Juicio de Valor |
| Grado de cumplimiento de la solución presentada | 4 | Juicio de Valor |
Capacidad de obrar
Código: 1
El importe anual, sin incluir impuestos, que el empresario deberá acreditar como ejecutado en el año de mayor ejecución de los últimos 5 años, en trabajos del grupo o subgrupo al que se refiere el presente contrato, será el equivalente al 70% del valor estimado indicado en el cuadro de características del contrato. En el supuesto de que el objeto del contrato se divida en lotes, el valor estimado sobre el que se aplicará dicho porcentaje será el correspondiente al lote o lotes a los que se presente oferta.
Tal y como se establece en la cláusula 14.3.2. del presente pliego de cláusulas administrativas, los empresarios no españoles pertenecientes a la UE o a países signatarios del AEEE podrán acreditar su solvencia económica y financiera y solvencia técnica indistintamente mediante la clasificación: Grupo C, Subgrupo 2, Categoría 3, Grupo I, Subgrupo 1, Categoría 4, Grupo I, Subgrupo 2, Categoría 4, o bien acreditando su solvencia económica y financiera y solvencia técnica o profesional de la forma indicada en la citada Cláusula. Solvencia Económica y financiera: Las empresas licitadoras deberán acreditar una solvencia económica y financiera tal, que el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el objeto del contrato, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, sea de un importe igual o superior al valor estimado de este contrato. En el supuesto de que el objeto del contrato se divida en lotes, el valor estimado será el correspondiente al lote o lotes a los que se presente oferta.