Importe (Sin Imp.)
81.502,66 €
Total: 98.618,22 €
Valor Estimado
89.652,93 €
Expediente
2026CONTRA000070
Plazo Presentación
9/7/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Construcción general de inmuebles y obras de ingeniería civil
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
3 Mes(es)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| MEMORIA TECNICA | 25 | Juicio de Valor |
| MENOR OFERTA ECONOMICA | 60 | Matemático |
| AMPLIACION PLAZO DE GARANTIA | 15 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Capacidad de obrar
Código: 1
Volumen económico de las obras similares ejecutadas en el curso de los cinco últimos años superior a 179.305,85 euros, y en el año de mayor ejecución superior a 89.652,93 euros, considerando las cuatro primeras cifras del código CPV. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años su solvencia técnica se acreditara exclusivamente con el criterio de disponer de una plantilla de al menos 3 trabajadores Las obras o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados de buena ejecución. Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá al código CPV asociado a la licitación, considerando las cuatro primeras cifras del precitado CPV.
Volumen anual de negocios del licitador o candidato: Referidos al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato. En este caso deberá ser superior a 89.652,93 euros. El volumen anual de negocios se acreditará mediante copia simple de la declaración a la AEAT en el modelo 390. Cuando el licitador sea una entidad que no esté obligada a realizar declaración de IVA, ese porcentaje deberá reflejarse en las cuentas anuales de la entidad de los tres últimos ejercicios, aprobadas por el órgano competente, e inscritas, en su caso, en el Registro público correspondiente. En el supuesto de empresas de nueva creación que carezcan de cuentas anuales registradas deberán aportar declaración censal de comienzo de actividad, así como un informe emitido por una institución financiera que acredite la solvencia económica de la empresa. Deberá constar expresamente que, el banco o entidad financiera que emite el informe conoce las condiciones del contrato y considera solvente a la empresa para responder de las obligaciones económicas derivadas del mismo.