Importe (Sin Imp.)
8000,00 €
Total: 9680,00 €
Valor Estimado
8000,00 €
Expediente
3050/2026
Plazo Presentación
6/7/2026 (13:00:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de informítica y servicios conexos
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
3 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Calidad de la organización del equipo adscrito al contrato | 5 | Juicio de Valor |
| Precio | 45 | Matemático |
| Reducción de jornadas presenciales | 10 | Matemático |
| Calidad de la reducción de carga operativa sobre el organismo auditado | 15 | Juicio de Valor |
| Calidad de Metodología específica de renovación de la certificación ENS | 25 | Juicio de Valor |
Plantilla / Empleados
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato en los últimos tres años. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato. Forma de acreditación: se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. De conformidad con lo indicado en el Informe técnico del contrato emitido por el Jefe del Servicio de Informática, de 13 de mayo de 2026, que consta en el expediente: “(…) Los criterios de solvencia técnica exigible a las empresas de nueva creación serán : Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a g) del articulo 89 de la ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de suministros (…)”.
Volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato. Forma de acreditación: mediante las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil u otro registro oficial en que deba estar inscrito.
Resultado
Formalizado
Adjudicatario
BUREAU VERITAS IBERIA SL
Importe Adjudicación
5115,00 €
Licitadores
1