Obra de renovación del césped artificial del campo de fútbol municipal.
Importe (Sin Imp.)
195.842,94 €
Total: 236.969,96 €
Valor Estimado
195.842,94 €
Expediente
1291/2026
Plazo Presentación
16/7/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Revestimiento de suelos y paredes
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
2 Mes(es)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Organismo de Contratación
Ver página del organismoCriterios de Adjudicación
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| 3. Reducción del plazo de ejecución de las obras | 10 | Matemático |
| 2. Plazo de garantia de las obras | 15 | Matemático |
| 1. Baja económica | 75 | Matemático |
Requisitos de Participación
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
No prohibición para contratar
Código: 2
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Capacidad de obrar
Código: 1
Relación de las obras ejecutadas en el curso de los diez últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución, y el requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al valor estimado del contrato (195.842,94 €). A efectos de determinar la correspondencia entre las obras acreditadas por el licitador y las que constituyen el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. Las obras efectuadas se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente En caso de que el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a f) del artículo 88.1 de la LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a) anterior, relativa a la ejecución de un número determinado de obras.
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse de la siguiente manera: Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por valor igual o superior al valor estimado del presente contrato. Cuando una empresa recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, el poder adjudicador podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicatario considere apropiado.
Resultados de la Licitación (1)
Resultado
Adjudicado
Adjudicatario
SINTRA APLICACIONES Y SERVICIOS DE PINTURA, S.L.
Importe Adjudicación
167.940,98 €
Licitadores
6