Ejecución de una instalación solar fotovoltaica para autoconsumo de 100kW (96,38 kWp) en la Residencia de Personas Mayores "Puente de Hierro" de Palencia, según proyecto aprobado. Financiado con fondos FEDER.
Importe (Sin Imp.)
124.636,58 €
Total: 150.810,26 €
Valor Estimado
124.636,58 €
Expediente
A2026/007977
Plazo Presentación
20/7/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Instalación eléctrica
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
5 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Organismo de Contratación
Criterios de Adjudicación
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Suministro e instalación de un sistema de visualización de los valores más representativos de la instalación solar fotovoltaica | 5 | Matemático |
| Oferta económica | 55 | Matemático |
| Oferta de formación al personal del centro | 5 | Matemático |
| Visita técnica a las instalaciones | 5 | Matemático |
| Suministro de módulos solares fotovoltaicos para reposición | 10 | Matemático |
| Suministro de inversores fotovoltaicos para reposición | 20 | Matemático |
Requisitos de Participación
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
1.- Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución: (art 88.1.a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público) Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. En todo caso se exige, que entre las obras ejecutadas se hayan realizado al menos tres instalaciones solares fotovoltaicas para autoconsumo de, como mínimo, 50 kW de potencia nominal (potencia del inversor) cada una. 2.- Indicación del personal o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato. (art.88.1.b) - 1 jefe de obra con una titulación equivalente a Ingeniero, Ingeniero técnico o Graduado en Ingeniería. De acuerdo con el art. 88.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en el caso de una empresa de nueva creación (antigüedad inferior a cinco años) bastará para acreditar la solvencia técnica con el cumplimiento del requisito del apartado 11.c.2) anterior.
1.- Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución: (art 88.1.a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público) Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. En todo caso se exige, que entre las obras ejecutadas se hayan realizado al menos tres instalaciones solares fotovoltaicas para autoconsumo de, como mínimo, 50 kW de potencia nominal (potencia del inversor) cada una. 2.- Indicación del personal o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato. (art.88.1.b) - 1 jefe de obra con una titulación equivalente a Ingeniero, Ingeniero técnico o Graduado en Ingeniería. De acuerdo con el art. 88.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en el caso de una empresa de nueva creación (antigüedad inferior a cinco años) bastará para acreditar la solvencia técnica con el cumplimiento del requisito del apartado 11.c.2) anterior.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al ejercicio de mayor volumen de negocio de los tres últimos disponibles deberá ser al menos 124.636,58 € (equivalente al valor estimado del contrato). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Resultados de la Licitación (1)
Resultado
Adjudicado
Adjudicatario
BARATZE SOSTENIBLE, S.L.
Importe Adjudicación
83.346,00 €
Licitadores
15