ADJUDICADA
Publicada: 29/6/2026Última actualización: 28/9/2026

Ejecución de una instalación solar fotovoltaica para autoconsumo de 100kW (96,38 kWp) en la Residencia de Personas Mayores "Puente de Hierro" de Palencia, según proyecto aprobado. Financiado con fondos FEDER.

Importe (Sin Imp.)

124.636,58 €

Total: 150.810,26 €

Valor Estimado

124.636,58 €

Expediente

A2026/007977

Plazo Presentación

20/7/2026 (23:59:00)

Tipo de Contrato

Obras

Subtipo

Instalación eléctrica

CPV

Trabajos de instalación en edificios.(45300000)

Lugar de Ejecución

Duración

5 Mes(es)

Procedimiento

Abierto

Financiación UE

Sí

Tramitación

Ordinaria

Sistema Contratación

No aplica

Presentación

Electrónica

Organismo de Contratación

Ente Regional de la Energía de Castilla y León

Criterios de Adjudicación

CriterioPonderaciónTipo
Suministro e instalación de un sistema de visualización de los valores más representativos de la instalación solar fotovoltaica5
Matemático
Oferta económica55
Matemático
Oferta de formación al personal del centro5
Matemático
Visita técnica a las instalaciones5
Matemático
Suministro de módulos solares fotovoltaicos para reposición10
Matemático
Suministro de inversores fotovoltaicos para reposición20
Matemático

Requisitos de Participación

Clasificación Empresarial
I2-2
I2-2
Requisitos Específicos

Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Código: 4

No prohibición para contratar

Código: 2

Capacidad de obrar

Código: 1

Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Código: 5

Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad

Código: 12

Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

Código: 9

No estar incurso en incompatibilidades

Código: 3

Criterios Técnicos

1.- Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución: (art 88.1.a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público) Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. En todo caso se exige, que entre las obras ejecutadas se hayan realizado al menos tres instalaciones solares fotovoltaicas para autoconsumo de, como mínimo, 50 kW de potencia nominal (potencia del inversor) cada una. 2.- Indicación del personal o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato. (art.88.1.b) - 1 jefe de obra con una titulación equivalente a Ingeniero, Ingeniero técnico o Graduado en Ingeniería. De acuerdo con el art. 88.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en el caso de una empresa de nueva creación (antigüedad inferior a cinco años) bastará para acreditar la solvencia técnica con el cumplimiento del requisito del apartado 11.c.2) anterior.

Tipo: Técnicos o unidades técnicas

1.- Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución: (art 88.1.a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público) Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. En todo caso se exige, que entre las obras ejecutadas se hayan realizado al menos tres instalaciones solares fotovoltaicas para autoconsumo de, como mínimo, 50 kW de potencia nominal (potencia del inversor) cada una. 2.- Indicación del personal o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato. (art.88.1.b) - 1 jefe de obra con una titulación equivalente a Ingeniero, Ingeniero técnico o Graduado en Ingeniería. De acuerdo con el art. 88.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en el caso de una empresa de nueva creación (antigüedad inferior a cinco años) bastará para acreditar la solvencia técnica con el cumplimiento del requisito del apartado 11.c.2) anterior.

Tipo: Trabajos realizados
Criterios Económico-Financieros

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al ejercicio de mayor volumen de negocio de los tres últimos disponibles deberá ser al menos 124.636,58 € (equivalente al valor estimado del contrato). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Tipo: Cifra anual de negocio

Resultados de la Licitación (1)

Resultado

Adjudicado

Adjudicatario

BARATZE SOSTENIBLE, S.L.

B47606579
PYME

Importe Adjudicación

83.346,00 €

Licitadores

15

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