Importe (Sin Imp.)
17.400,00 €
Total: 19.844,40 €
Valor Estimado
53.940,00 €
Expediente
PASS1454-2026
Plazo Presentación
16/7/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios sociales y de salud
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
2 Año(s)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
Se prevé la posibilidad de llevar a cabo UNA (1) PRÓRROGA, de UN (1) AÑO de duración, siempre que las características del contrato permanezcan inalterables en el periodo de ejecución de estas y sin perjuicio de las modificaciones que se puedan introducir de conformidad con lo establecido en los artículos 203 a 207 de la LCSP. Así, la duración máxima del contrato, eventuales prórrogas incluidas, será de TRES (3) AÑOS. Ver cláusula VII, apartado 7.2, del PCAP,
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Oferta económica | 49 | Matemático |
| Mejora en el plazo para poner a disposición del trabajador el informe del reconocimiento médico | 4 | Matemático |
| Pruebas complementarias | 6 | Matemático |
| En las especialidades técnicas, aumento en las visitas a los diferentes centros del Ayuntamiento | 8 | Matemático |
| Mejora en el tiempo de espera para realización de reconocimientos médicos | 3 | Matemático |
| Disponibilidad de un sistema de información de actualización legislativa | 5 | Matemático |
| Impartición de cursos de formación | 25 | Matemático |
Situación Personal
Inscripción en el Servicio de Prevención Ajeno a la Empresa
No prohibición para contratar
Código: 2
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Capacidad de obrar
Código: 1
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
De conformidad con el art. 159.6.b) LCSP, al ser el valor estimado del contrato inferior a 60.000 €, los licitadores están exentos de acreditar la solvencia económica y financiera y la técnica y profesional. No obstante, lo anterior no exime del cumplimiento de los requisitos mínimos de solvencia que se establecen en la ley y en el presente Pliego y de su acreditación, en caso de que fuese necesario durante la ejecución del contrato. Ver cláusula XV, apartado 15.5.2, del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
De conformidad con el art. 159.6.b) LCSP, al ser el valor estimado del contrato inferior a 60.000 €, los licitadores están exentos de acreditar la solvencia económica y financiera y la técnica y profesional. No obstante, lo anterior no exime del cumplimiento de los requisitos mínimos de solvencia que se establecen en la ley y en el presente Pliego y de su acreditación, en caso de que fuese necesario durante la ejecución del contrato. Ver cláusula XV, apartado 15.5.1, del Pliego de Cláusulas Administrativas particulares.