PENDIENTE DE ADJUDICACION
Publicada: 10/7/2026Última actualización: 28/9/2026

Contrato de obras de JV-2234 Alcaudete a Río San Juan, mejora de firme.

Importe (Sin Imp.)

241.283,83 €

Total: 291.957,06 €

Valor Estimado

241.286,83 €

Expediente

CO-2026/000840

Plazo Presentación

30/7/2026 (23:59:00)

Tipo de Contrato

Obras

Subtipo

Construcción de autopistas,carreteras, campos de aterrizaje, vías férreas y centros deportivos

CPV

Trabajos de reparación de carreteras.(45233142)

Lugar de Ejecución

Duración

3 Mes(es)

Procedimiento

Abierto simplificado

Financiación UE

No

Tramitación

Ordinaria

Sistema Contratación

No aplica

Presentación

Electrónica

Organismo de Contratación

Presidencia de la Diputación Provincial de Jaén

Prórrogas y Modificaciones

Prórrogas

No esta previsto en el PCAP

Criterios de Adjudicación

CriterioPonderaciónTipo
1. Proceso Constructivo y Soluciones propuestas al Tráfico durante la ejecución de las obras5
Juicio de Valor
6. Programa de Actuaciones Medioambientales2
Juicio de Valor
5. Programa de Trabajo3
Juicio de Valor
2. Disponibilidad de Maquinaria5
Juicio de Valor
1. Precio75
Matemático
4. Disponibilidad de Fuentes de Suministro y Plantas de Producción de Materiales5
Juicio de Valor
3. Disponibilidad de Medios Humanos5
Juicio de Valor

Requisitos de Participación

Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.

Requisitos Específicos

Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

Código: 9

Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados

Código: 8

Capacidad de obrar

Código: 1

Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad

Código: 12

Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Código: 5

Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Código: 4

No estar incurso en incompatibilidades

Código: 3

No prohibición para contratar

Código: 2

Criterios Técnicos

a) Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales y/o materiales: SÍ Medios a adscribir: A tal efecto el licitador se ha de comprometer a adscribir un Encargado de Obra, con experiencia de al menos 5 años en obras similares. En cuanto a los medios materiales serán los contenidos en el proyecto de ejecución, especificados en los cuadros de precios de materiales y medios auxiliares Este compromiso de adscripción es obligación contractual esencial: SI b) Los licitadores deberán incluir los nombres y cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación objeto del contrato: NO El adjudicatario deberá incluir los nombres y cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación objeto del contrato: SI A tal efecto, el adjudicatario aportará certificado de las empresas en que haya trabajado el personal no cualificado (encargado de obra) No obstante a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable. Ver apartado 15 del Anexo I del PCAP.

Tipo: Otros

Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato a subcontratar, su importe y el nombre o el perfil empresarial de los subcontratistas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 122.2 letra e) LCSP, los licitadores tienen la obligación de indicar en su oferta, si tienen previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos, el nombre o el perfil empresarial de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. Esta obligación se califica de esencial a los efectos de lo previsto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 LCSP. Ver apartado 28 del Anexo I del PCAP, no obstante a efectos de concurrir a la licitación se considerará cumplido con la declaración responsable

Tipo: Indicación de la parte del contrato que se pretende subcontratar

Artículo 88.1 a) LCSP: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se acreditará mediante la presentación de una relación de los principales trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, realizados en los últimos cinco años en el sector público o privado que incluya importe, fechas, lugar y correcta ejecución de las mismas, avalada por los correspondientes certificados de buena ejecución. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a la cantidad de 241.286,83 euros El criterio para la acreditación será el de la experiencia en la realización de obras del Grupo G, subgrupo 6, por un importe igual o superior a 241.286,83 euros, según redacción otorgada por el RD 773/2015 de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del RGLCAP • Para la acreditación de empresas de nueva creación (menos de 5 años de funcionamiento): deberán presentar declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que dispondrá para ejecutar la obra (No se le exige documentación acreditativa, y solo y exclusivamente para empresas de nueva creación) Los valores mínimos para acreditar la solvencia de empresas de nueva creación serán: - Medios Personales: 1 Encargado de Obra 2 Oficiales 3 Peones La elección de los criterios para la acreditación de solvencia económica, financiera y técnica, está justificada en que de todos los medios para la acreditación disponibles según los artículos 87 y 88 de la Ley de Contratos del Sector Público, estos criterio de solvencia garantizan que la empresa adjudicataria tendrá la capacidad necesaria para ejecutar el objeto del contrato y que su gestión será acorde con lo estipulado en los pliegos. Ver apartado 14 del Anexo I del PCAP. No obstante a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable.

Tipo: Trabajos realizados
Criterios Económico-Financieros

Artículo 87.1 a) LCSP: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: El empresario acreditará un volumen anual de negocios por importe igual o superior a la cantidad 241.286,83 euros. El volumen anual de negocio estará referido al año de mayor volumen de los tres últimos concluidos. No obstante a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable.De conformidad con el artículo 87.2 de la LCSP, el volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Ver apartado 14 del Anexo I del PCAP, no obstante a efectos de concurrir a la licitación se considerará cumplido con la declaración responsable

Tipo: Cifra anual de negocio
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