PENDIENTE DE ADJUDICACION
Publicada: 10/7/2026Última actualización: 29/9/2026

Obra de sustitución de los equipos de aire acondicionado tipo VRV en el edificio situado en Poeta Joan Maragall nº 41 de Madrid

Importe (Sin Imp.)

642.917,74 €

Total: 777.930,47 €

Valor Estimado

642.917,74 €

Expediente

M26.002.01

Plazo Presentación

3/8/2026 (23:59:00)

Tipo de Contrato

Obras

Subtipo

Otras instalaciones de edificios y obras

CPV

Trabajos de instalación de calefacción, ventilación y aire acondicionado., Trabajos de instalación eléctrica de equipos de calefacción y otros equipos eléctricos para edificios., Trabajos de instalación de ventilación y aire acondicionado.(45331000, 45315000, 45331200)

Lugar de Ejecución

Duración

4 Mes(es)

Procedimiento

Abierto simplificado

Financiación UE

No

Tramitación

Ordinaria

Sistema Contratación

No aplica

Presentación

Electrónica

Organismo de Contratación

Ver página del organismo

Criterios de Adjudicación

CriterioPonderaciónTipo
1.1 Procesos de ejecución5
Juicio de Valor
1.4 Plan de actuaciones medioambientales10
Juicio de Valor
1.3 Plan de calidad5
Juicio de Valor
1.2 Cronograma5
Juicio de Valor
A.Oferta económica70
Matemático
B. Otros criterios cuantificables automáticamente. B.1 Garantía de las obras5
Matemático

Requisitos de Participación

Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.

Requisitos Específicos

Capacidad de obrar

Código: 1

No prohibición para contratar

Código: 2

No estar incurso en incompatibilidades

Código: 3

Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Código: 5

Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Código: 4

Criterios Técnicos

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 77.1.a) de la LCSP, al tratarse de un contrato de obras con valor estimado superior a 500.000 euros, los empresarios españoles deberán acreditar su solvencia técnica mediante la correspondiente clasificación de contratista de obras, siendo adecuada al objeto del contrato la Grupo J, Subgrupo 2, Categoría 3, sin que resulte exigible, en este caso, la acreditación adicional de experiencia mínima. En el caso de empresarios no españoles, así como en los supuestos legalmente previstos en los que no resulte exigible la clasificación, la solvencia técnica o profesional se acreditará conforme a lo dispuesto en el artículo 88 de la LCSP, exigiéndose como requisito mínimo que el importe ejecutado dentro de los tres últimos años sea igual o superior al 70 % del importe del contrato, esto es, 544.551,33 €, en obras de naturaleza y características similares a las del objeto del contrato. Ver apartado 17 y 18 del cuadro de características del contrato del PCAP y diligencia de corrección de errores

Tipo: Otros
Criterios Económico-Financieros

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 77.1.a) de la LCSP, al tratarse de un contrato de obras con valor estimado superior a 500.000 euros, los empresarios españoles acreditarán su solvencia económica y financiera mediante la correspondiente clasificación de contratista de obras, sin que resulte exigible una acreditación adicional de solvencia económica. En el caso de empresarios no españoles, la solvencia económica y financiera se acreditará conforme a lo dispuesto en el artículo 87 de la LCSP, debiendo disponer de un volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios concluidos, que sea al menos de una vez y media el valor estimado del contrato, esto es la cantidad de 964.376,61 €.Ver apartado 16 y 18 del cuadro de características del contrato del PCAP

Tipo: Cifra anual de negocio
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