Importe (Sin Imp.)
29.752,07 €
Total: 36.000,00 €
Valor Estimado
119.008,26 €
Expediente
841/2026
Plazo Presentación
30/7/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Suministros
Subtipo
Alquiler
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
1 Año(s)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
La duración del contrato es de UN (1) AÑO desde su formalización, prorrogable por otros TRES (3) AÑOS (1+3). La fecha concreta de inicio del contrato se determinará en el acto de formalización del mismo, atendiendo a los plazos necesarios para la finalización del procedimiento de licitación y los trámites administrativos inherentes a dicha formalización.
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Memoria técnica | 5 | Juicio de Valor |
| Menor plazo de implantación | 15 | Matemático |
| Oferta económica | 60 | Matemático |
| Realización de una demostración | 20 | Juicio de Valor |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Capacidad de obrar
Código: 1
Criterio: De conformidad con el artículo 89.1.a) de la LCSP, el criterio para la acreditación de la solvencia técnica será la relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato durante los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en cualquiera de los tres últimos ejercicios sea igual o superior al 70 % del valor anual medio del contrato. Medio de acreditación: El licitador propuesto como adjudicatario presentará una relación de los principales suministros realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos y certificados de correcta ejecución o documentos acreditativos del suministro realizado, expedidos o visados por el órgano competente, público o privado.
Criterio: El licitador deberá tener un volumen anual de negocios (con relación al objeto del contrato), referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, por importe de al menos una vez el valor estimado del contrato. Medio de acreditación: Se acreditará documentalmente la suficiencia de la solvencia económica y financiera exigida mediante la aportación de las cuentas anuales y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.