Importe (Sin Imp.)
223.156,57 €
Total: 270.019,45 €
Valor Estimado
223.156,57 €
Expediente
47/2026
Plazo Presentación
13/8/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Otros servicios
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
51 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Experiencia del equipo | 25 | Matemático |
| Oferta económica | 30 | Matemático |
| Propuesta Técnica | 45 | Juicio de Valor |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Se acreditará mediante una relación de los principales servicios efectuados en el curso de los tres (3) últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, avalados por certificados expedidos o visados por el órgano competente, debiendo ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. En la relación acreditativa se indicarán los importes, fechas y destinatario público o privado de los servicios. Además, se exige una solvencia técnica adicional por medio de la adscripción de los medios personales y materiales señalados en la cláusula 7.2 del PCA.
De conformidad con lo establecido en el artículo 87.1.a), se acreditará con el volumen anual de negocios del licitador o candidato que, referido al año de mayor volumen, de los tres últimos concluidos, deberá ser como mínimo una vez y media el valor anual medio del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario está inscrito en dicho registro, y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil.