Importe (Sin Imp.)
30.000,00 €
Total: 36.300,00 €
Valor Estimado
66.000,00 €
Expediente
CO-2026/002492
Plazo Presentación
14/10/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de transporte complementarios y auxiliares
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
1 Año(s)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
Posibilidad de prórroga de 1 año. Ver apartado 11 del Anexo I del PCAP
Opciones
Posibilidad de modificación de hasta un máximo del 20% del precio inicial. Ver Apartado 28 del Anexo I del PCAP.
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| 2. Precio unitario por embalaje (cartón o burbuja) | 10 | Matemático |
| 3. Precio unitario por transporte por cuadro mediano (1m-2m) | 30 | Matemático |
| 1. Precio unitario por transporte por kilómetro recorrido. Vehículo de dos ejes de carga general. | 60 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Capacidad de obrar
Código: 1
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
No prohibición para contratar
Código: 2
Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
Código: 8
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
Artículo 90.1 Letra a) LCSP: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato: servicios realizados de igual CPV (tres primeros dígitos) El importe acumulado anual de trabajos habrá de ser al menos durante alguno de los tres años considerados, igual o mayor al importe de 30.000,00 €. Ver Apartado 14 del Anexo I del PCAP. No obstante, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable.
Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato a subcontratar, su importe, y el nombre o el perfil empresarial de los subcontratistas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 122.2 letra e) LCSP, los licitadores tienen la obligación de indicar en su oferta, si tienen previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos, el nombre o el perfil empresarial de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. Esta obligación se califica de esencial a los efectos de lo previsto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 LCSP. Ver apartado 26 del Anexo I del PCAP. No obstante, a efectos de concurrir a la licitación se considerará cumplido con la declaración responsable.
Artículo 87.1 Letra a) LCSP: Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Deberá acreditarse mediante el volumen anual de negocios correspondiente al mejor ejercicio dentro de los tres últimos concluidos, debiendo justificar en el año de mayor volumen que éste es igual o superior a 30.000,00 €. El volumen anual de negocios se acreditará por medio de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Ver Apartado 14 del Anexo I del PCAP. No obstante, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable.