Importe (Sin Imp.)
24.000,00 €
Total: 29.040,00 €
Valor Estimado
60.000,00 €
Expediente
172/2026/115
Plazo Presentación
7/9/2026 (14:00:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Otros servicios
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
2 Año(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
El contrato podrá ser objeto de tres prórrogas anuales.
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Experiencia en materia de protección de datos. | 15 | Matemático |
| Calidad del informe jurídico presentado como muestra. | 15 | Juicio de Valor |
| Precio | 40 | Matemático |
| Formación en materia de protección de datos. | 15 | Matemático |
| Experiencia en diferentes ámbitos jurídico-administrativos. | 15 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Capacidad de obrar
Código: 1
Formación de al menos 150 horas en cursos, seminarios o máster en materia de protección de datos. En todo caso, quedará acreditado este requisito de solvencia si se cuenta con alguno de los masters que están reconocidos por la AEPD.
Grado en Derecho o Grado en Ciencias Políticas y de la Administración Pública; o equivalente.
Haber ejercido como Delegado de Protección de Datos durante 2 años, en los últimos 3 años.
El volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, aprobados y depositados en el Registro Mercantil u oficial que corresponda, deberá ser al menos igual a 1,5 veces el valor anual estimado del contrato, es decir: 18.000 euros IVA excluido. Se acreditará mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro y que contenga las cuentas anuales, siempre que esté vencidos el plazo de presentación y se encuentren depositadas, si el último ejercicio se encontrara pendiente de depósito, deben presentarlas acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano competente para ello y de su presentación en el Registro. Los empresarios individuales no inscritos deben presentar su libro de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil o bien mediante la aportación del resumen de la declaración del IVA presentada a Hacienda (modelo 390).