Servicio de Actividades Deportivas y Monitores para el curso 2026/2027
Importe (Sin Imp.)
34.079,52 €
Total: 41.236,22 €
Valor Estimado
136.318,08 €
Expediente
943/2026
Plazo Presentación
31/8/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
1 Año(s)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Organismo de Contratación
Prórrogas y Modificaciones
Prórrogas
Anualmente, hasta 3 anualidades más
Opciones
Las prórrogas se ejecutarán desde el 1 de octubre hasta el 30 de septiembre de cada una de ellas, según curso correspondiente
Criterios de Adjudicación
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Mejora del servicio | 51 | Matemático |
| Precio de Licitación | 49 | Matemático |
Requisitos de Participación
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Capacidad de obrar
Código: 1
Cláusula 8.4. del PCAP.- En los contratos de servicios, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, por uno o varios de los medios siguientes: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Cláusula 8.3. del PCAP.- La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes: a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, por importe igual o superior al de una vez y media el valor estimado de cada una de las actividades o, en su caso, del total del contrato. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 75.000,00.- euros.