Contrato administrativo de servicios para el mantenimiento de la herramienta de trabajo, app "Dignitas"
Importe (Sin Imp.)
101.199,24 €
Total: 122.451,08 €
Valor Estimado
202.398,48 €
Expediente
300/2026/01246
Plazo Presentación
17/8/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de telecomunicación
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
24 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Organismo de Contratación
Prórrogas y Modificaciones
Prórrogas
Se prevé prórroga por hasta 24 meses más
Criterios de Adjudicación
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Mejoras Técnicas: 1. Proyecto anual en cuanto a estética, funcionalidad y propuestas de mejora | 5 | Matemático |
| Mejoras Técnicas: 2. Creación de una presentación anual audiovisual | 5 | Matemático |
| Oferta económica | 70 | Matemático |
| Calidad: 1. Respuesta y resolución de incidencias | 10 | Matemático |
| Calidad: 2. 50 horas más de mantenimiento evolutivo | 10 | Matemático |
Requisitos de Participación
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Capacidad de obrar
Código: 1
No prohibición para contratar
Código: 2
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se consideran como requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental, haber realizado la entidad propuesta adjudicataria trabajos de igual o similar naturaleza al objeto del presente contrato en los tres últimos ejercicios contados hasta la fecha final de presentación de ofertas (2023, 2024, 2025) debiendo haber realizado, por lo menos en uno de los tres ejercicios citados, servicios por un importe igual o superior a 15.000€. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditará la prestación del servicio mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Dichos certificados, independientemente del destinatario, serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. A los efectos de determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al del objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos del código CPV 72.267000-4 Servicios de mantenimiento y reparación de software.
Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: La entidad licitadora deberá acreditar un volumen anual de negocios del licitador referido al mejor ejercicio dentro de los últimos tres años disponibles (2023, 2024 y 2025), que deberá ser igual o superior a 15.000€. En el presente contrato para la acreditación de la solvencia económica y financiera, se ha optado por exigir una cuantía respecto al volumen anual de negocios del licitador referido a los tres últimos ejercicios, sin hacer referencia al ámbito del contrato. Asimismo, el volumen de negocios mínimo anual exigido no alcanza una vez y media el valor anual medio del contrato, límite máximo fijado legalmente en el artículo 87 LCSP. De esta forma, se pretende limitar lo menos posible la concurrencia. En relación con los medios alternativos de acreditación de la solvencia económica y financiera, de conformidad con lo establecido en el art. 86.1.3º de la LCSP: “Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado”.