Importe (Sin Imp.)
204.201,54 €
Total: 247.083,86 €
Valor Estimado
204.201,54 €
Expediente
26AA0241
Plazo Presentación
14/9/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Instalación de edificios y obras
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
5 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Oferta económica | 55 | Matemático |
| Oferta técnica | 45 | Juicio de Valor |
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, de objeto similar al del presente contrato, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron satisfactoriamente y se llevaron a buen término. A estos efectos, las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquella en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta. Los certificados serán expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Como mínimo el importe ejecutado en uno de los años de la relación anterior deberá ser igual о superior al 70% del valor estimado del contrato (142.941,08 €).
Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación (arquitecto técnico o ingeniero de edificación).
La solvencia económica y financiera se acreditará mediante: La presentación de una declaración del empresario indicando el volumen anual de negocios en el ámbito de la ejecución de obras similares a las de este contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o inicio de actividades de aquél, debiendo ser el volumen de negocios mínimo en dicho período igual о superior al valor estimado del contrato (204.201,54 €). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.