Importe (Sin Imp.)
211.475,81 €
Total: 255.885,73 €
Valor Estimado
253.770,97 €
Expediente
172/2026/123
Plazo Presentación
13/10/2026 (14:00:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Construcción
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
6 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Criterio por memoria de intervención. | 40 | Juicio de Valor |
| Mejor oferta económica | 60 | Matemático |
EN EL CASO DE NO DISPONER DE LA CLASIFICACIÓN POTESTATIVA: La solvencia técnica del empresario se declarará en la Declaración responsable Anexo III y se acreditará por los dos medios siguientes (se requerirá al adjudicatario): 1.- El licitador deberá haber ejecutado en los últimos 10 años, al menos, 3 actuaciones de intervención/rehabilitación en edificios con un nivel de protección de Bien de Interés Cultural, con un presupuesto de ejecución material igual o superior al del presente contrato. 2.- El licitador deberá disponer y adscribir al contrato a un técnico responsable de la obra, con titulación de arquitecto o arquitecto técnico ( o equivalente) que haya desempeñado las funciones de Jefe de Obra, en los últimos 10 años, al menos, en 5 actuaciones de intervención/rehabilitación en edificios con un nivel de protección de Bien de Interés Cultural, con un presupuesto de ejecución material igual o superior al del presente contrato. 3.- El licitador deberá disponer y adscribir al contrato a un arqueólogo que haya participado, al menos en 2 actuaciones de rehabilitación en edificios con un nivel de protección de Bien de Interés Cultural, durante los últimos 10 años, con un presupuesto de ejecución material igual o superior al del presente contrato
EN EL CASO DE NO DISPONER DE LA CLASIFICACIÓN POTESTATIVA: La solvencia económica y financiera del empresario se declarará en la Declaración responsable Anexo III y se acreditará de la siguiente forma (se requerirá al adjudicatario): Volumen anual de negocios mínimo de 380.656,00 euros referido a alguno de los tres últimos disponibles, que se acreditará a través de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocio mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro mercantil.