Importe (Sin Imp.)
17.483,00 €
Total: 21.154,43 €
Valor Estimado
26.056,30 €
Expediente
3493 2026 Control Presencia
Plazo Presentación
18/8/2026 (19:00:00)
Tipo de Contrato
Suministros
Subtipo
Adquisición
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
1 Año(s)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Precio | 75 | Matemático |
| Coherencia de la implantación | 15 | Juicio de Valor |
| Grado de funcionalidad de la propuesta | 10 | Juicio de Valor |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
Código: 8
Las empresas licitadoras deberán de acreditar la solvencia técnica por el siguiente medio: Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas técnicas. Requisitos mínimos de solvencia: El licitador deberá estar en posesión de las siguientes certificaciones en vigor: ISO 9001 de Gestión de la Calidad. ENS Nivel medio.
Los licitadores deberán de acreditar la solvencia económica y financiera por cualquiera de los medios señalados en los apartados siguientes: Declaración sobre el volumen de negocios en el ámbito del servicio objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles, en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario. Esta circunstancia se acreditará mediante la presentación del original o copia autentica de la declaración del resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido presentada en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (modelo 390), en el que se deduzca un volumen de negocio anual del licitador por importe igual o superior al valor estimado del contrato. Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe de 100.000 euros.