Importe (Sin Imp.)
33.057,85 €
Total: 40.000,00 €
Valor Estimado
33.057,85 €
Expediente
2026093
Plazo Presentación
19/8/2026 (14:00:00)
Tipo de Contrato
Suministros
Subtipo
Adquisición
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
4 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
No se admite prórrogas en el presente contrato
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| 1.- Oferta económica | 100 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Capacidad de obrar
Código: 1
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
No prohibición para contratar
Código: 2
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante lo establecido en el artículo 89.1 e) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Art.89.1 e), se acreditará mediante una relación de fotografías y descripciones, certificados, informe de ensayo, etc, de las principales clases de aglomerado asfáltico que demuestren la calidad de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante.
La solvencia económica y financiera se acreditará mediante los apartados a o b del artículo 87.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Art. 87.1.a.Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior 40000 euros, se acreditará mediante la presentación de las cuentas anuales. O Art. 87.1.b.Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 40000 euros, que se acreditará mediante la póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales.