Importe (Sin Imp.)
264.575,34 €
Total: 320.136,16 €
Valor Estimado
264.575,34 €
Expediente
7671/2026
Plazo Presentación
24/8/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Construcción
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
10 Mes(es)
Procedimiento
Negociado sin publicidad
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| A.1.-VALLADO PERIMETRAL CERRAMIENTO CASTILLETE | 19 | Matemático |
| B.- REDUCCION PLAZO EJECUCION | 20 | Matemático |
| C.- AMPLIACION PLAZO GARANTÍA | 10 | Matemático |
| A.3.- REGULACIÓN MEJORA ILUMINACIÓN | 16 | Matemático |
| A.2. - ILUMINACIÓN DEL CASTILLETE | 35 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
En el presente caso, al tratarse de un contrato de obras por importe inferior a 500.000 euros, y a tenor de lo dispuesto en el art. 77 LCSP, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el Grupo C (Edificaciones). Subgrupos: 2, 3 y 4. Categoría: 2 (cuantía superior a 150.000 euros e inferior o igual a 360.000 euros) o bien acreditando los requisitos de solvencia como técnica y profesional siguientes Relación de obras ejecutadas en los últimos cinco años, o en los últimos diez años si pertenecen a alguno de los subgrupos incluidos en la relación a la que se refiere el apartado 88.1.a, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato (excluido IVA).
En el presente caso, al tratarse de un contrato de obras por importe inferior a 500.000 euros, y a tenor de lo dispuesto en el art. 77 LCSP, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el Grupo C (Edificaciones). Subgrupos: 2, 3 y 4. Categoría: 2 (cuantía superior a 150.000 euros e inferior o igual a 360.000 euros) o bien acreditando los requisitos de solvencia económica y financiera siguientes Se acreditará según se establece en el art. 87.1.b) de la LCSP, mediante un justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al precio del contrato.
Resultado
Desierto
Adjudicatario
N/D
Importe Adjudicación
N/D
Licitadores
2