Importe (Sin Imp.)
1.270.258,31 €
Total: 1.537.012,55 €
Valor Estimado
2.667.542,45 €
Expediente
2027-S/03
Plazo Presentación
16/9/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Suministros
Subtipo
Adquisición
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
No especificada
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
Sí, posible prórroga de un año
Opciones
Sí, posible prórroga de un año
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Precio | 100 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Capacidad de obrar
Código: 1
No prohibición para contratar
Código: 2
Las empresas licitadoras deberán disponer de sistemas de gestión de la calidad y medioambiental, según las normas UNE-EN ISO 9001 y 14.001 o equivalentes, certificadas por una Entidad reconocida por ENAC (Empresa Nacional de Acreditación) o entidad equivalente.
Las empresas licitadoras deberán estar incluidas en el Listado de Comercializadoras de Gas Natural de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, debiendo incluir en el sobre B de la correspondiente documentación acreditativa.
El criterio para la acreditación de la solvencia técnica será la experiencia en la realización de suministros del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los suministros efectuados por el licitador en el curso de los tres últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al del objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor anual medio.
El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador, que, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser, al menos, una vez y media el valor anual medio del contrato. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.