Importe (Sin Imp.)
330.545,71 €
Total: 399.960,31 €
Valor Estimado
330.545,71 €
Expediente
11075/2026
Plazo Presentación
20/8/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Construcción
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
4 Mes(es)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Mejora nº 2: Construcción de reductores de velocidad | 20 | Matemático |
| Ampliación del plazo de garantía | 16 | Matemático |
| Mejora nº 1: Ampliación de la superficie de asfaltado | 24 | Matemático |
| Oferta económica | 40 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
Código: 8
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
No prohibición para contratar
Código: 2
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Capacidad de obrar
Código: 1
Las empresas podrán acreditar su solvencia técnica o profesional mediante una relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 231.382,00 €, esto es, el 70 % de la anualidad media del contrato, IVA excluido (art. 88.1.a) de la LSCP). Se acreditará mediante certificados de buena ejecución expedidos por la entidad contratante de las obras, en los que se indique el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras, además deberán precisar si las obras se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y si se llevaron a buen término. En virtud de lo dispuesto en el artículo 77.1 de la LCSP, no se requiere clasificación al ser el valor estimado inferior a 500.000 euros. No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2 de la LCSP, la clasificación del empresario acreditará su solvencia para la celebración de contratos del mismo tipo e importe que aquellos para los que se haya obtenido y para cuya celebración no se exija estar en posesión de la misma. A estos efectos, la clasificación equivalente a la solvencia exigible para este contrato es la siguiente: Grupo: G: Viales y pistas Subgrupo: 4: Con firmes de mezclas bituminosas Categoría: 2
Las empresas podrán acreditar su solvencia económica y financiera mediante el volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 495.818,57 € (art. 87.1.a) de la LCSP). El volumen anual de negocios podrá acreditarse a través de los siguientes medios: Certificado de la Cifra Anual de Negocios, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Certificación o asiento de presentación original del Registro Mercantil de depósito y contenido completo de sus cuentas anuales, si el empresario estuviera inscrito en este Registro, y en caso contrario mediante la Certificación o asiento de presentación de las cuentas anuales depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito, debiendo ir acompañadas en ambos casos de las cuentas presentadas. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante Certificación Registral o asiento de presentación de sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Resultado
Adjudicado
Adjudicatario
EIFFAGE INFRAESTRUCTURAS, S.A
Importe Adjudicación
330.545,71 €
Licitadores
1