Importe (Sin Imp.)
53.531,19 €
Total: 64.772,74 €
Valor Estimado
53.531,19 €
Expediente
4008/2026
Plazo Presentación
17/8/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Privado
Subtipo
-
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
6 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| CRITERIO Nº 3. CALIDAD DEL MATERIAL. ESPESOR DEL BRONCE (+2MM). | 8 | Matemático |
| CRITERIO Nº 4. TÉCNICO/A COMPETENTE QUE SUPERVISE EL MONTAJE | 8 | Matemático |
| CRITERIO CUYA PONDERACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR | 45 | Juicio de Valor |
| CRITERIO Nº 2. REDUCCIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN TOTAL | 4 | Matemático |
| Criterio económico | 35 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
No prohibición para contratar
Código: 2
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Capacidad de obrar
Código: 1
Se acreditará mediante la relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, esto es: 60.778,47 euros. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. En virtud de lo dispuesto en el artículo 90.4. de la LCSP, no estando el contrato sujeto a regulación armonizada, si el contratista fuera una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por el medio establecido en el artículo 90 1. h) Declaración indicando el material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones objeto del contrato, o bien, a su elección, acreditar su solvencia mediante la relación de los principales servicios por el importe indicado. En los requisitos previos de participación sólo será necesario indicar si se cumple o no mediante la introducción de un texto.
Cláusula sexta del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. En los requisitos previos de participación sólo será necesario indicar si se cumple o no mediante la introducción de un texto. La documentación necesaria será adjuntada posteriormente cuando se haga el requerimiento de documentación al licitador que haya presentado la mejor oferta. Se acreditará mediante el justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al valor estimado del contrato, esto es, 86.826,38 euros, con cobertura durante toda la ejecución del contrato.