Importe (Sin Imp.)
154.650,00 €
Total: 187.126,50 €
Valor Estimado
154.650,00 €
Expediente
PSU/2026/0000069605
Plazo Presentación
26/8/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Suministros
Subtipo
Adquisición
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
60 Día(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Evaluación de la oferta económica | 80 | Matemático |
| Ampliación Garantía | 5 | Matemático |
| Servicio de atención postventa | 10 | Matemático |
| Plazo de Entrega | 5 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Capacidad de obrar
Código: 1
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
No prohibición para contratar
Código: 2
Artículo 89 de la LCSP, apartado: a) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Se entenderá de igual o similar naturaleza los que se corresponden con los tres primeros dígitos de los correspondientes CPV. El importe anual ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado será igual o superior a 1 vez el valor estimado del contrato sin IVA (154.650,00 euros) Se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañando a los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. - Artículo 89 de la LCSP, apartado: e) Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 89.1.e) de la LCSP y en la Circular 3/2018, de 7 de junio, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la solvencia técnica se acreditará también mediante el medio denominado “Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante”. A estos efectos, la empresa propuesta como adjudicataria deberá presentar, en el trámite previsto en el artículo 150.2 de la LCSP, las fichas técnicas o descripciones técnicas de los equipos ofertados, conforme a los Anexos I y II del Pliego de Prescripciones Técnicas, debidamente cumplimentados. La falta de presentación de dichas fichas técnicas o descripciones, su presentación incompleta o la constatación de que los equipos propuestos no cumplen las prescripciones técnicas mínimas exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas impedirá entender acreditada la solvencia técnica requerida.
Artículo 87 de la LCSP, apartado: a)Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 1,5 veces el valor estimado del contrato (231.975,00 euros). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o el Registro en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados por el Registro Mercantil.