servicios de mantenimiento integral, socorrismo y monitores de actividades dirigidas, control de accesos y servicios auxiliares necesarios para la prestación de servicios deportivos según los requerimientos propios del centro deportivo Distrito Sur (C-2026/034)
Importe (Sin Imp.)
770.216,91 €
Total: 931.962,46 €
Valor Estimado
3.117.327,45 €
Expediente
6978/2026
Plazo Presentación
11/9/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
1 Año(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Organismo de Contratación
Prórrogas y Modificaciones
Prórrogas
El contrato será prorrogable por hasta 3 años más, no necesariamente en periodos anuales. El presupuesto máximo de cada prórroga es distinto, en tanto que es de aplicación el I Convenio Colectivo de ámbito autonómico de Andalucía del Sector de Contratos Públicos de Servicios Deportivos, el cual prevé subidas salariales que afectan a los costes del contrato.
Opciones
En relación con la posibilidad de prórroga indicada, el contrato podrá ser prorrogado una o varias veces antes de la finalización del mismo. La prórroga será obligatoria para el contratista cuando haya sido preavisado con dos meses de antelación a la finalización de la vigencia del contrato. En caso contrario, la adopción del acuerdo de prórroga requerirá conformidad del contratista con carácter previo.
Criterios de Adjudicación
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Oferta técnica (conforme a subcriterios establecidos en el apartado I.1) del anexo III del PCAP | 47 | Juicio de Valor |
| Oferta económica | 49 | Matemático |
| Compromiso anual de horas para acciones formativas destinados a personal municipal o a los agentes deportivos locales. | 4 | Matemático |
Requisitos de Participación
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
No prohibición para contratar
Código: 2
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Capacidad de obrar
Código: 1
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Los licitadores deberán haber ejecutado servicios o trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, debiendo acreditar en cualquiera de ellos al menos un volumen ejecutado del 70 % del presupuesto base de licitación IVA excluido. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, en el supuesto de resultar propuesto adjudicatario, los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Los licitadores deberán disponer de un volumen anual de negocios, que, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos del 150 % del presupuesto base de licitación IVA excluido. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará, en el supuesto de resultar propuesto adjudicatario, por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. También podrá acreditarse el volumen de negocios mediante certificado de importe neto de la cifra de negocios expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Con independencia de lo expuesto, cuando por una razón válida el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas anteriormente, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.