Importe (Sin Imp.)
495.867,77 €
Total: 600.000,00 €
Valor Estimado
495.867,77 €
Expediente
1241/2026
Plazo Presentación
16/10/2026 (12:00:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de publicidad
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
4 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| CJV1.4. Claridad de los mensajes | 6 | Juicio de Valor |
| CJV1.3. Capacidad creativa y originalidad | 17 | Juicio de Valor |
| CJV1.5. Calidad de los recursos audiovisuales | 5 | Juicio de Valor |
| CCA1.1 Planificación de medios: Mejora del umbral mínimo del porcentaje de cobertura del público objetivo (70%) | 40 | Matemático |
| CJV1.1. Diseño general y planteamientos | 6 | Juicio de Valor |
| CCA1.2 Planificación de medios: Número total de contactos o impactos publicitarios sobre el público objetivo | 20 | Matemático |
| CJV1.2. Adaptabilidad a distintos formatos | 6 | Juicio de Valor |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Experiencia en la realización de servicios de la misma naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará presentando una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza en el curso de los tres últimos años. Se entenderán por servicios similares aquellos que incluyan, de forma conjunta o integrada, prestaciones de creatividad publicitaria, producción de materiales, planificación de medios y compra de espacios publicitarios. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, esto es, 347.107,44 euros. La acreditación se realizará mediante certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o mediante certificado del cliente privado o declaración responsable del empresario acompañada de documentación acreditativa cuando el destinatario sea privado, por el mínimo del importe anteriormente mencionado. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a este último, se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros y, en los demás casos, a la coincidencia entre los tres primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90 de la LCSP
Los licitadores deberán acreditar solvencia económica y financiera mediante volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, en función de las fechas de constitución o inicio de actividades del empresario y de presentación de ofertas. El volumen anual exigido será, al menos, equivalente a una vez y media el valor estimado del contrato, esto es, 743.801,66 euros. La acreditación se realizará mediante cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente, declaración del empresario o cualquier otro medio admitido por la LCSP cuando el licitador no esté obligado a depositar cuentas