PENDIENTE DE ADJUDICACION
Publicada: 7/8/2026Última actualización: 8/10/2026

Contrato integral de gestión de la prevención de riesgos laborales, para personas trabajadoras excluidas del ámbito de aplicación del "Acuerdo Convenio 2019-2022" (4 lotes)

Importe (Sin Imp.)

303.076,00 €

Total: 341.206,95 €

Valor Estimado

666.767,20 €

Expediente

300/2026/00549

Plazo Presentación

24/8/2026 (23:59:00)

Tipo de Contrato

Servicios

Subtipo

Otros servicios

CPV

Servicios de consultoría en salud y seguridad., Servicios de formación en materia de seguridad.(71317210, 80550000)

Lugar de Ejecución

Duración

24 Mes(es)

Procedimiento

Abierto

Financiación UE

No

Tramitación

Ordinaria

Sistema Contratación

No aplica

Presentación

Electrónica

Organismo de Contratación

Ver página del organismo

Prórrogas y Modificaciones

Prórrogas

El contrato podrá ser prorrogado máximo 24 meses.

Criterios de Adjudicación

CriterioPonderaciónTipo
Protocolo de prevención y protección de la violencia de género25
Matemático
Oferta económica35
Matemático
Soporte informático10
Juicio de Valor

Requisitos de Participación

Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.

Requisitos Específicos

Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Código: 4

Capacidad de obrar

Código: 1

Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad

Código: 12

Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Código: 5

No prohibición para contratar

Código: 2

Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

Código: 9

Lotes(4)

Códigos CPV
Criterios de adjudicación
Compromiso de realización de reconocimientos médicos adicionales, en el plazo de 51 días naturales, desde el aviso del responsable del contrato
20%
Reducción del plazo de entrega de certificado de aptitud al responsable del contrato de la AEM, e informe médico personalizado a los trabajadores
10%
Criterios técnicos
-Artículo 90.1.a) LCSP: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia: Se deberá acreditar la realización de servicios similares o relacionados con los solicitados en el contrato durante los últimos tres años (2024, 2025 y 2026). El importe total de estos servicios debe ser igual o superior al 70 % del valor anual medio del lote (55.824,68 euros). Se considerarán como servicios similares aquellos cuya clasificación corresponda a los tres primeros dígitos de las CPVs de cada lote del contrato (71317210-8 Servicios de consultoría en salud y seguridad). Para el cómputo de anualidades, se tendrá en cuenta la mensualidad en la que concluya la fecha final de presentación de ofertas, y será esta mensualidad la que marcará el plazo para determinar las anteriores anualidades. Acreditación documental: La acreditación se realizará mediante una relación firmada por el/la representante legal de la entidad, detallando los servicios prestados durante los últimos tres años (2024, 2025 y 2026), con información sobre fechas, importes y beneficiarios. Se deberá especificar que el valor acumulado en el año de mayor ejecución del periodo mencionado sea igual o superior al 70 % del valor anual medio del lote. Esta relación debe ir acompañada de los certificados de ejecución correspondientes, conforme al artículo 90.1.a de la LCSP. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditará la solvencia, mediante una declaración responsable, acompañada de los documentos obrantes en poder de éste que acrediten la realización de la prestación.55824.68
Criterios económicos
Artículo 87.1.a) LCSP: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia: Para ser admitidos, los licitadores deberán acreditar que su volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos (2023, 2024 y 2025), deberá ser igual o superior a una vez el valor anual medio (IVA excluido) del contrato: 79.749,54 euros. Acreditación documental: Se acreditará mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica, como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica.79749.54
Códigos CPV
Criterios de adjudicación
Reducción del plazo de entrega de informes técnicos de inspección y control de la eficacia de las medidas preventivas adoptadas
30%
Criterios técnicos
Empresas de nueva creación Lote 2: De conformidad con el artículo 90.4 de la LCSP, se establece un régimen específico de solvencia para las entidades de nueva creación, entendiendo por tales aquellas cuya fecha de inscripción en el registro correspondiente sea inferior a cinco (5) años respecto a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas. Dichas entidades deberán acreditar su solvencia técnica o profesional mediante una declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, o periodo inferior desde su constitución. El licitador deberá acreditar una estructura organizativa mínima que garantice la correcta ejecución del servicio y minimice los riesgos derivados de la inexperiencia operativa. Se exigen los siguientes umbrales mínimos: Plantilla media anual: Al menos tres (3) trabajadores. Estructura directiva: Al menos un (1) directivo. Dichos mínimos deberán haberse mantenido durante las anualidades 2024, 2025 y 2026. A efectos del cómputo de las anualidades, el plazo se determinará de forma retroactiva tomando como referencia la mensualidad de la fecha límite de presentación de ofertas. La solvencia se acreditará fehacientemente (a requerimiento del órgano de contratación tras la propuesta de adjudicación) mediante la aportación de: Informe de Plantilla Media de Trabajadores en Alta (ITA), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, referido a los periodos solicitados. Declaración responsable suscrita por el representante legal de la entidad, en la que se identifique, dentro de la plantilla reflejada en el ITA, qué efectivos desempeñan funciones de dirección.
-Artículo 90.1.a) LCSP: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia: Se deberá acreditar la realización de servicios similares o relacionados con los solicitados en el contrato durante los últimos tres años (2024, 2025 y 2026). El importe total de estos servicios debe ser igual o superior al 70 % del valor anual medio del lote (7.217,46 euros). Se considerarán como servicios similares aquellos cuya clasificación corresponda a los tres primeros dígitos de las CPVs de cada lote del contrato (71317210-8 Servicios de consultoría en salud y seguridad). Para el cómputo de anualidades, se tendrá en cuenta la mensualidad en la que concluya la fecha final de presentación de ofertas, y será esta mensualidad la que marcará el plazo para determinar las anteriores anualidades. Acreditación documental: La acreditación se realizará mediante una relación firmada por el/la representante legal de la entidad, detallando los servicios prestados durante los últimos tres años (2024, 2025 y 2026), con información sobre fechas, importes y beneficiarios. Se deberá especificar que el valor acumulado en el año de mayor ejecución del periodo mencionado sea igual o superior al 70 % del valor anual medio del lote. Esta relación debe ir acompañada de los certificados de ejecución correspondientes, conforme al artículo 90.1.a de la LCSP. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditará la solvencia, mediante una declaración responsable, acompañada de los documentos obrantes en poder de éste que acrediten la realización de la prestación.7217.46
Criterios económicos
- Artículo 87.1.a) LCSP: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia: Para ser admitidos, los licitadores deberán acreditar que su volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos (2023, 2024 y 2025), deberá ser igual o superior a una vez el valor anual medio (IVA excluido) del contrato: 10.310,67 euros. Acreditación documental: Se acreditará mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica, como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica.10310.67
Códigos CPV
Criterios de adjudicación
Compromiso de realización de jornadas de formación adicional en PRL de forma simultánea
15%
Reducción plazo de entrega de diploma acreditativo a la Agencia para el Empleo de Madrid y a los trabajadores
5%
Compromiso de realización de jornadas de formación adicional de PRL, en un plazo de 51 días naturales, desde la solicitud del responsable del contrato
10%
Criterios técnicos
Empresas de nueva creación. Lote 3: De conformidad con el artículo 90.4 de la LCSP, se establece un régimen específico de solvencia para las entidades de nueva creación, entendiendo por tales aquellas cuya fecha de inscripción en el registro correspondiente sea inferior a cinco (5) años respecto a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas. Dichas entidades deberán acreditar su solvencia técnica o profesional mediante una declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, o periodo inferior desde su constitución. El licitador deberá acreditar una estructura organizativa mínima que garantice la correcta ejecución del servicio y minimice los riesgos derivados de la inexperiencia operativa. Se exigen los siguientes umbrales mínimos: Plantilla media anual: Al menos tres (3) trabajadores. Estructura directiva: Al menos un (1) directivo. Dichos mínimos deberán haberse mantenido durante las anualidades 2024, 2025 y 2026. A efectos del cómputo de las anualidades, el plazo se determinará de forma retroactiva tomando como referencia la mensualidad de la fecha límite de presentación de ofertas. La solvencia se acreditará fehacientemente (a requerimiento del órgano de contratación tras la propuesta de adjudicación) mediante la aportación de: Informe de Plantilla Media de Trabajadores en Alta (ITA), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, referido a los periodos solicitados. Declaración responsable suscrita por el representante legal de la entidad, en la que se identifique, dentro de la plantilla reflejada en el ITA, qué efectivos desempeñan funciones de dirección.
-Artículo 90.1.a) LCSP: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia: Se deberá acreditar la realización de servicios similares o relacionados con los solicitados en el contrato durante los últimos tres años (2024, 2025 y 2026). El importe total de estos servicios debe ser igual o superior al 70 % del valor anual medio del lote (49.946,11 euros). Se considerarán como servicios similares aquellos cuya clasificación corresponda a los tres primeros dígitos de las CPVs de cada lote del contrato (805550000-4 Servicios de formación en materia de seguridad). Para el cómputo de anualidades, se tendrá en cuenta la mensualidad en la que concluya la fecha final de presentación de ofertas, y será esta mensualidad la que marcará el plazo para determinar las anteriores anualidades. Acreditación documental: La acreditación se realizará mediante una relación firmada por el/la representante legal de la entidad, detallando los servicios prestados durante los últimos tres años (2024, 2025 y 2026), con información sobre fechas, importes y beneficiarios. Se deberá especificar que el valor acumulado en el año de mayor ejecución del periodo mencionado sea igual o superior al 70 % del valor anual medio del lote. Esta relación debe ir acompañada de los certificados de ejecución correspondientes, conforme al artículo 90.1.a de la LCSP. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditará la solvencia, mediante una declaración responsable, acompañada de los documentos obrantes en poder de éste que acrediten la realización de la prestación.49946.11
Criterios económicos
- Artículo 87.1.a) LCSP: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia: Para ser admitidos, los licitadores deberán acreditar que su volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos (2023, 2024 y 2025), deberá ser igual o superior a una vez el valor anual medio (IVA excluido) del contrato: 71.351,59 euros. Acreditación documental: Se acreditará mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica, como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica.71351.59
Códigos CPV
Criterios de adjudicación
Reducción plazo de entrega de diploma acreditativo a la Agencia para el Empleo de Madrid y a los trabajadores. Lote 4
10%
Compromiso de realización de 4 cursos prácticos en extinción de incendios de forma simultánea
20%
Criterios técnicos
-Artículo 90.1.a) LCSP: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia: Se deberá acreditar la realización de servicios similares o relacionados con los solicitados en el contrato durante los últimos tres años (2024, 2025 y 2026). El importe total de estos servicios debe ser igual o superior al 70 % del valor anual medio del lote (3.696,00 euros). Se considerarán como servicios similares aquellos cuya clasificación corresponda a los tres primeros dígitos de las CPVs de cada lote del contrato (805550000-4 Servicios de formación en materia de seguridad). Para el cómputo de anualidades, se tendrá en cuenta la mensualidad en la que concluya la fecha final de presentación de ofertas, y será esta mensualidad la que marcará el plazo para determinar las anteriores anualidades. Acreditación documental: La acreditación se realizará mediante una relación firmada por el/la representante legal de la entidad, detallando los servicios prestados durante los últimos tres años (2024, 2025 y 2026), con información sobre fechas, importes y beneficiarios. Se deberá especificar que el valor acumulado en el año de mayor ejecución del periodo mencionado sea igual o superior al 70 % del valor anual medio del lote. Esta relación debe ir acompañada de los certificados de ejecución correspondientes, conforme al artículo 90.1.a de la LCSP. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditará la solvencia, mediante una declaración responsable, acompañada de los documentos obrantes en poder de éste que acrediten la realización de la prestación.3696
Empresas de nueva creación. Lote 4: De conformidad con el artículo 90.4 de la LCSP, se establece un régimen específico de solvencia para las entidades de nueva creación, entendiendo por tales aquellas cuya fecha de inscripción en el registro correspondiente sea inferior a cinco (5) años respecto a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas. Dichas entidades deberán acreditar su solvencia técnica o profesional mediante una declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, o periodo inferior desde su constitución. El licitador deberá acreditar una estructura organizativa mínima que garantice la correcta ejecución del servicio y minimice los riesgos derivados de la inexperiencia operativa. Se exigen los siguientes umbrales mínimos: Plantilla media anual: Al menos tres (3) trabajadores. Estructura directiva: Al menos un (1) directivo. Dichos mínimos deberán haberse mantenido durante las anualidades 2024, 2025 y 2026. A efectos del cómputo de las anualidades, el plazo se determinará de forma retroactiva tomando como referencia la mensualidad de la fecha límite de presentación de ofertas. La solvencia se acreditará fehacientemente (a requerimiento del órgano de contratación tras la propuesta de adjudicación) mediante la aportación de: Informe de Plantilla Media de Trabajadores en Alta (ITA), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, referido a los periodos solicitados. Declaración responsable suscrita por el representante legal de la entidad, en la que se identifique, dentro de la plantilla reflejada en el ITA, qué efectivos desempeñan funciones de dirección.
Criterios económicos
Artículo 87.1.a) LCSP: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia: Para ser admitidos, los licitadores deberán acreditar que su volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos (2023, 2024 y 2025), deberá ser igual o superior a una vez el valor anual medio (IVA excluido) del contrato: 5.280 euros. Acreditación documental: Se acreditará mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica, como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica.5280
Cargando historial...