Servicios médicos en la Estación Invernal de San Isidro 2027/2029.
Importe (Sin Imp.)
77.437,56 €
Total: 77.437,56 €
Valor Estimado
226.053,15 €
Expediente
1746557Z
Plazo Presentación
24/8/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios sociales y de salud
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
No especificada
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Organismo de Contratación
Prórrogas y Modificaciones
Prórrogas
El presente contrato será prorrogable por dos años más, de año en año. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato.
Criterios de Adjudicación
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Oferta económica | 47.5 | Matemático |
| Otros criterios automáticos (Experiencia, formación, conocimientos de esquí y conocimiento del idioma portugués) | 52.5 | Matemático |
Requisitos de Participación
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Capacidad de obrar
Código: 1
No prohibición para contratar
Código: 2
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
Los licitadores acreditarán su solvencia Técnica con la presentación del DEUC, que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP, en el que se manifestará que los trabajos realizados de igual o similar naturaleza de los que constituyen el objeto de este acuerdo marco, en el curso de los tres últimos años. Aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, su solvencia técnica conforme a lo dispuesto en la Cláusula N del cuadro de características del PCAP. - Criterio a utilizar: Una Relación de los servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, de cuantía igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato (47.109,77 euros) - Medio de acreditación: certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación Las empresas de nueva creación (menos de 5 años de antigüedad), acreditarán su solvencia técnica, por medio del siguiente punto, según lo previsto en el artículo 89 de la Ley de Contratos del Sector público: - Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma. Ver Letra N del PCAP.
Los licitadores acreditarán su solvencia económica con la presentación del DEUC, que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP, en el que se manifestará que el volumen anual de negocios, referido al mayor volumen de los últimos tres años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de la presentación de las ofertas. Aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, su solvencia económica mediante la presentación de la documentación a que se refiere el artículo 87.3 a) de la LCSP, sin perjuicio de que la acreditación de la solvencia económica de las personas naturales o jurídicas inscritas en los Registros o listas Oficiales de contratistas, se ajustará a lo dispuesto en los artículos 96 y 97 de la LCSP. - Criterio a utilizar: Volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos: - Requisito mínimo a acreditar: 1 vez la anualidad media del contrato (67.299,67 euros). - Medio de acreditación: Se acreditará mediante certificado del importe neto de la cifra anual de negocios expedido por la Agencia Tributaria, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 11.4 a) del Reglamento 1.098/2001, en su redacción dada por R.D. 773/2015, de 28 de agosto. Ver Letra N del PCAP.