Servicio de Soporte microinformático (CAU).
Importe (Sin Imp.)
220.410,00 €
Total: 266.696,10 €
Valor Estimado
551.025,00 €
Expediente
10791/2026
Plazo Presentación
18/9/2026 (15:00:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de informítica y servicios conexos
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
2 Año(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Organismo de Contratación
Ver página del organismoPrórrogas y Modificaciones
Prórrogas
Posibilidad de prórroga anual, hasta máximo tres (3) años.
Opciones
Ver Capítulo 8 del PPT. Posibilidad de prórroga anual, hasta máximo tres (3) años.
Criterios de Adjudicación
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Puntuación económica de las ofertas | 35 | Matemático |
| Calidad técnica de la oferta | 45 | Juicio de Valor |
| Calidad técnica, capacitación, experiencia y organización del equipo de trabajo a adscribir al contrato | 20 | Juicio de Valor |
Requisitos de Participación
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
Relación de los principales contratos realizados en los cinco últimos años que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomándose como criterio de correspondencia entre los contratos ejecutados por el empresario y las prestaciones que constituyen el objeto del presente contrato. A tal efecto, deberá acreditar haber realizado al menos dos (2) trabajos o servicios de soporte microinformático (CAU) , debiendo ser el importe de total de los trabajos o servicios realizados, referido al año de mayor ejecución, dentro del citado intervalo de tiempo de 110.000 euros/año. Los servicios efectuados se acreditarán a requerimiento de la APB mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, una declaración del cliente.
Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, en los tres últimos ejercicios concluidos, en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades para el empresario, referido al año de mayor volumen de negocio, dentro del citado intervalo de tiempo, debiendo ser el importe mínimo al menos de 110.000 euros/año . El volumen anual de negocios se acreditará a requerimiento de la APB por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.