Instalación de nuevos puntos de luz de alumbrado público en distintas ubicaciones del municipio de Llanes
Importe (Sin Imp.)
85.745,29 €
Total: 103.751,80 €
Valor Estimado
85.745,29 €
Expediente
CON/2026/96
Plazo Presentación
7/9/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Instalación eléctrica
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
3 Mes(es)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Organismo de Contratación
Ver página del organismoCriterios de Adjudicación
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Oferta económica | 90 | Matemático |
| Reducción del plazo de ejecución | 10 | Matemático |
Requisitos de Participación
Situación Personal
El adjudicatario deberá estar habilitado como empresa instaladora autorizada de baja tensión, según lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC). En particular, se exige el cumplimiento de la ITC-BT-03, que establece que las instalaciones eléctricas de baja tensión han de ser ejecutadas por instaladores autorizados que hayan presentado la declaración responsable ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma. (Ver aptdo. 16 del anexo I del PCAP)
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
No prohibición para contratar
Código: 2
Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
Código: 8
Capacidad de obrar
Código: 1
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. El importe anual acumulado de dichos servicios en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior a 60.021,70 euros (Ver aptdo. 14 del anexo I del PCAP)
Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Para ello deberá contar al menos con un gerente, un técnico responsable de las obras, ya se Director Técnico que actúe como Jefe de Obra o similar, pudiendo recaer en la misma persona, un responsable administrativo y al menos contar con una plantilla media anual de tres personas de ejecución directa de las obras (encargado de obras, oficiales de diversos oficios, peones, etc.). (Ver aptdo. 14 del anexo I del PCAP)
Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, deberá ser un importe igual o superior a 128.617,93 euros. (Ver aptdo. 14 del anexo I del PCAP)
Póliza de seguro que incluirá, como mínimo las siguientes coberturas y límites, sin perjuicio de la responsabilidad del adjudicatario de responder por todos los daños y perjuicios que cause: - De Responsabilidad Civil de Explotación con un mínimo de capital asegurado de 600.000,00 euros por siniestro y anualidad del seguro. - De Responsabilidad Civil Patronal con un mínimo sub-límite por víctima de 150.000 euros. (Ver aptdo. 20 del anexo I del PCAP)