La construcción de una edificación para albergar nichos de enterramiento en el Cementario municipal de Calvià
Importe (Sin Imp.)
149.146,63 €
Total: 180.467,42 €
Valor Estimado
178.975,96 €
Expediente
2026103
Plazo Presentación
14/9/2026 (14:00:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Construcción
Lugar de Ejecución
Duración
2 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Organismo de Contratación
Ver página del organismoPrórrogas y Modificaciones
Prórrogas
No se admite prórroga
Criterios de Adjudicación
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| 2.- Criterios técnicos | 50 | Juicio de Valor |
| 1.- Oferta económica | 50 | Matemático |
Requisitos de Participación
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.
Código: 7
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Capacidad de obrar
Código: 1
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
No prohibición para contratar
Código: 2
Se acreditará mediante lo establecido en el art. 88.1 b) de la LCSP: - Art. 88.1. b) Presentar una declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.
Se acreditará mediante lo establecido en el art. 87.1.a) o 87.1 b) de la LCSP: Art. 87.1.a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior 178.975,96 euros, y se acreditará mediante la presentación de las cuentas anuales. O Art. 87.1.b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 178.975,96 euros, que se acreditará mediante la póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales.