Contrato de servicio de representación procesal y letrada en procedimientos de adopción, provisión y revisión de medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad para la Fundación Marqués de Valdecilla.
Importe (Sin Imp.)
29.900,00 €
Total: 36.179,00 €
Valor Estimado
125.580,00 €
Expediente
FMV/ST/NO SARA P. AB. 08/2026
Plazo Presentación
24/9/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Otros servicios
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
1 Año(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Organismo de Contratación
Ver página del organismoPrórrogas y Modificaciones
Prórrogas
Este contrato admite la posibilidad de TRES prórrogas por un plazo máximo de 1 año cada una de ellas. En caso de prórroga no se prevé revisión de precios.
Criterios de Adjudicación
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Experiencia | 28 | Matemático |
| Formación | 7 | Matemático |
| Precio | 35 | Matemático |
| Memoria descriptiva | 30 | Juicio de Valor |
Requisitos de Participación
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Criterio de selección: El licitador clasificado en primer lugar deberá presentar las titulaciones académicas y profesionales que avalan el ejercicio de su actividad, así como las correspondientes a las personas, que, bajo su ámbito, pueden prestar los servicios objeto del presente contrato. Las EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN deberán acreditar la solvencia técnica o profesional aportando títulos académicos y profesionales del responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación.
El licitador clasificado en primer lugar deberá acreditar un Seguro de Responsabilidad Civil General y Profesional por importe no inferior a 150.000,00 euros. Las EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN que no estén en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se les autorizará a acreditar esa misma solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.