Suministro de dos vehículos todoterreno para el servicio de emergencias de Cantabria
Importe (Sin Imp.)
61.983,47 €
Total: 75.000,00 €
Valor Estimado
61.983,47 €
Expediente
2.2.24/26
Plazo Presentación
9/9/2026 (13:00:00)
Tipo de Contrato
Suministros
Subtipo
Adquisición
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
1 Mes(es)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Organismo de Contratación
Criterios de Adjudicación
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Mejora de ampliacion de plazo de garantia | 10 | Matemático |
| Oferta economica | 90 | Matemático |
Requisitos de Participación
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Capacidad de obrar
Código: 1
El requisito mínimo de la solvencia técnica o profesional será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea al menos de 43388,43 euros. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación según las condiciones que se establecen en la cláusula K.2 del PCAP. Para las empresas de nueva creacion se podrá acreditar según se establece en la cláusula K.4 del PCAP.
El requisito mínimo de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocios de los tres últimos concluidos deberá ser, al menos 92975,21 euros. Esto se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Todo segun las cláusulas K.1 y K.3 del PCAP. Para las empresas de nueva creación se podrá acreditar según lo que se establece en la cláusula K.4 del PCAP.
Resultados de la Licitación (1)
Resultado
Desierto
Adjudicatario
N/D
Importe Adjudicación
N/D
Licitadores
1