Contrato de Servicios para la Reparación y Mantenimiento de las Calderas y Sistemas de Climatización en los Centros Escolares del Municipio de Camas.
Importe (Sin Imp.)
27.097,02 €
Total: 32.787,39 €
Valor Estimado
27.097,02 €
Expediente
4614/2026
Plazo Presentación
15/9/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios de mantenimiento y reparación
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
2 Año(s)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Organismo de Contratación
Ver página del organismoCriterios de Adjudicación
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Porcentaje de descuento sobre el precio de venta al público del fabricante de los materiales de reposición a emplear en el mantenimiento correctivo con presupuesto previo | 20 | Matemático |
| Bolsa de horas para el mantenimiento correctivo con presupuesto previo | 20 | Matemático |
| El mejor precio | 60 | Matemático |
Requisitos de Participación
Situación Personal
Empresa Instaladora y Mantenedora de Instalaciones de Calefacción en Andalucía
No prohibición para contratar
Código: 2
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Capacidad de obrar
Código: 1
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Para poder participar en este procedimiento es necesario que las empresas estén inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público ( ROLECSP ) o registro autonómico equivalente. No obstante, será suficiente con haber solicitado tal inscripción, junto con la documentación preceptiva para ello, con anterioridad a la fecha final de presentación de las ofertas, lo que se acreditará mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y con una declaración responsable del licitador de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación ( artículo 159.4.a) de la LCSP ). Tras la apertura del sobre o archivo electrónico la mesa comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar. Si el licitador hubiera hecho uso de la facultad de acreditar la presentación de la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro, la mesa requerirá al licitador para que justifique documentalmente todos los extremos referentes a su aptitud para contratar enunciados en el artículo 159.4.f)
Para poder participar en este procedimiento es necesario que las empresas estén inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público ( ROLECSP ) o registro autonómico equivalente. No obstante, será suficiente con haber solicitado tal inscripción, junto con la documentación preceptiva para ello, con anterioridad a la fecha final de presentación de las ofertas, lo que se acreditará mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y con una declaración responsable del licitador de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación ( artículo 159.4.a) de la LCSP ). Tras la apertura del sobre o archivo electrónico la mesa comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar. Si el licitador hubiera hecho uso de la facultad de acreditar la presentación de la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro, la mesa requerirá al licitador para que justifique documentalmente todos los extremos referentes a su aptitud para contratar enunciados en el artículo 159.4.f)
Para poder participar en este procedimiento es necesario que las empresas estén inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público ( ROLECSP ) o registro autonómico equivalente. No obstante, será suficiente con haber solicitado tal inscripción, junto con la documentación preceptiva para ello, con anterioridad a la fecha final de presentación de las ofertas, lo que se acreditará mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y con una declaración responsable del licitador de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación ( artículo 159.4.a) de la LCSP ). Tras la apertura del sobre o archivo electrónico la mesa comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar. Si el licitador hubiera hecho uso de la facultad de acreditar la presentación de la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro, la mesa requerirá al licitador para que justifique documentalmente todos los extremos referentes a su aptitud para contratar enunciados en el artículo 159.4.f)
Para poder participar en este procedimiento es necesario que las empresas estén inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público ( ROLECSP ) o registro autonómico equivalente. No obstante, será suficiente con haber solicitado tal inscripción, junto con la documentación preceptiva para ello, con anterioridad a la fecha final de presentación de las ofertas, lo que se acreditará mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y con una declaración responsable del licitador de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación ( artículo 159.4.a) de la LCSP ). Tras la apertura del sobre o archivo electrónico la mesa comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar. Si el licitador hubiera hecho uso de la facultad de acreditar la presentación de la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro, la mesa requerirá al licitador para que justifique documentalmente todos los extremos referentes a su aptitud para contratar enunciados en el artículo 159.4.f)
Resultados de la Licitación (1)
Resultado
Formalizado
Adjudicatario
ARTICLIMA ENERGIA S.L
Importe Adjudicación
28.757,66 €
Licitadores
2