Realización de las inspecciones de las instalaciones de baja tensión y de alta tensión de la red viaria del Consell de Mallorca. Plurianual 2026-2029.
Importe (Sin Imp.)
101.782,50 €
Total: 123.156,82 €
Valor Estimado
113.206,50 €
Expediente
1542842M
Plazo Presentación
18/9/2026 (14:00:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Otros servicios
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
3 Año(s)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Organismo de Contratación
Ver página del organismoPrórrogas y Modificaciones
Prórrogas
Según lo previsto en la letra D del cuadro de características del contrato del PCAP.
Criterios de Adjudicación
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| OFERTA ECONÓMICA (PRECIO MÁS BAJO) | 100 | Matemático |
Requisitos de Participación
Situación Personal
Acreditación como organismo de control autorizado (OCA) para la realización de inspecciones reglamentarias en los siguientes campos: 1. RE-BT: reglamentación eléctrica. Baja tensión. 2. RE-AT: reglamentación eléctrica. Alta tensión.
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Capacidad de obrar
Código: 1
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
Código: 8
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
No prohibición para contratar
Código: 2
Los licitadores sólo deberán presentar el anexo 1 del PCAP. La acreditación, por los medios indicados en la letra F.3.A del PCAP, sólo se exigirá al licitador que haya presentado la mejor oferta (cláusula 20.2 del PCAP). Este medio de acreditación NO será exigible a las empresas de nueva creación, es decir, aquellas que tengan una antiiguedad inferior a 5 años.
Los licitadores sólo deberán presentar el anexo 1 del PCAP. La acreditación, por los medios indicados en la letra F.3.B del PCAP, sólo se exigirá al licitador que haya presentado la mejor oferta (cláusula 20.2 del PCAP).
Los licitadores sólo deberán presentar el anexo 1 del PCAP. La acreditación, por los medios indicados en la letra F.2 del PCAP, sólo se exigirá al licitador que haya presentado la mejor oferta (cláusula 20.2 del PCAP).