Servicios de impresión, tratamiento y distribución de comunicaciones a remitir por correo ordinario para el Órgano de Tesorería y Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Pontevedra
Importe (Sin Imp.)
17.000,00 €
Total: 20.570,00 €
Valor Estimado
42.500,00 €
Expediente
2026/ABSS/000008
Plazo Presentación
23/9/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios editoriales y de imprenta, por tarifa o por contrato
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
2 Año(s)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Organismo de Contratación
Prórrogas y Modificaciones
Prórrogas
Tres prórrogas anuales
Criterios de Adjudicación
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Mayor baja proporcional a aplicar al precio inicial o presupuesto tipo de licitación del contrato. | 90 | Matemático |
| Reducción del plazo de ejecución de las tareas respecto al máximo de 4 días hábiles establecida en los pliegos de prescripciones técnicas | 10 | Matemático |
Requisitos de Participación
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Capacidad de obrar
Código: 1
Según lo establecido en el art. 90 de la LCSP, la solvencia técnica o profesional se acreditará mediante la experiencia en la prestación de servicios del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los trabajos efectuados por el interesado en el curso de los 3 últimos años correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corres - ponde el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, sin incluir IVA. A los efectos de acreditar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. Para las empresas de nueva creación (antigüedad inferior a 5 años) contempladas en el artículo 90.4 de la LCSP, la solvencia técnica o profesional se acreditará mediante declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerida por los servicios dependientes del órgano de contratación.
Según lo establecido en el artículo 87.3.a) de la LCSP, la solvencia económica y financiera se acreditará mediante el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser igual o superior a la anualidad media prevista para el contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.