Importe (Sin Imp.)
603.844,60 €
Total: 730.651,97 €
Valor Estimado
881.572,60 €
Expediente
SV02/2026
Plazo Presentación
13/10/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Otros servicios
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
48 Mes(es)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
Contrato prorrogable por 24 meses (2 años) más (por periodos anuales, en meses, 12 meses + 12 meses)
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| 2.- B1 - Capacidad FTTO garantizada | 10 | Matemático |
| 1.- Oferta económica - B4 | 80 | Matemático |
| 4.- B3 - Tiempo de resolución de incidencias críticas (MTTR) comprometido | 4 | Matemático |
| Memoria Técnica (Criterio excluyente: APTO / NO APTO) | 0 | Juicio de Valor |
| 3.- B2 - Disponibiidad del servicio UCaaS comprometida | 6 | Matemático |
Situación Personal
De conformidad con el art. 65.2 LCSP en relación con el art. 6.1 de la Ley 11/2022, General de Telecomunicaciones, los licitadores deberán acreditar inscripción vigente en el Registro de Operadores de Comunicaciones Electrónicas dependiente de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en las modalidades correspondientes a las prestaciones objeto del contrato. La pérdida o suspensión de la inscripción durante la ejecución será causa de resolución del contrato conforme al art. 211.1.f LCSP.
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Capacidad de obrar
Código: 1
No prohibición para contratar
Código: 2
Experiencia en la realización de servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 102.850,14€. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por éste, o a falta de este certificado mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para las empresas de nueva creación con una antigüedad inferior a 5 años, la solvencia técnica podrá justificarse mediante una declaración del personal técnico a adscribir al contrato, que deberá disponer de experiencia durante más de 3 años en el objeto de la presente licitación. Los certificados expedidos deberán hacer mención expresa a lo siguiente: ◦ Servicios de telecomunicaciones con CPV coincidente en los tres primeros dígitos (grupo 642), incluyendo proyectos UCaaS multisede con integración fijo-móvil. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución del trienio deberá ser igual o superior a 102.850 € (70 % del valor anualizado del contrato), conforme al art. 90.1.a LCSP. ◦ Implantaciones con garantías de disponibilidad, continuidad y seguridad ENS/RGPD.
Adscripción de medios personales (art. 76.2 LCSP, con carácter de obligación esencial a efectos del art. 211.1.f LCSP), comprensiva de los siguientes perfiles: A) Un responsable técnico del contrato con titulación en Ingeniería de Telecomunicación o equivalente y experiencia mínima de tres años en servicios análogos. B) Dos técnicos senior con certificación profesional vigente en UCaaS/VoIP (3CX, Cisco CCNA Voice/Collaboration, Asterisk Certified Professional, Wildix Engineer o equivalentes) o titulación universitaria equivalente con experiencia acreditada, en régimen de cobertura 24×7. C) Un responsable de seguridad de la información con formación acreditada en ENS y RGPD, que actuará como interlocutor con el responsable de seguridad municipal. Este último perfil podrá coincidir con el responsable técnico cuando se acredite la doble cualificación.
Declaración de Aplicabilidad ENS Nivel Medio conforme al RD 311/2022 o, en su defecto, Plan de Adecuación con calendario vinculante que alcance Nivel Medio dentro de los 12 meses desde D0. La conformidad ENS plena se configura como condición esencial de ejecución (art. 202.3 LCSP), cuyo incumplimiento dará lugar a la resolución del contrato conforme al art. 211.1.f LCSP, en los términos del apartado 10.1.A) del presente Informe.
Compromiso de adscripción de medios (art. 76.2 LCSP): declaración responsable de que el servicio se alojará en CPDs situados en el EEE con certificación ISO/IEC 27001 vigente, cuya acreditación documental se exigirá al adjudicatario como condición especial de ejecución (apartado 18.1 del presente Anexo), conforme a la condición del Capítulo 10.4 del PPT (alojamiento en el EEE en CPDs certificados). Las certificaciones ISO/IEC 27017 y 27018 podrán aportarse como evidencia complementaria, sin tener carácter de medio de solvencia autónomo conforme al criterio de proporcionalidad del art. 94.1 LCSP y a la doctrina TACRC (Resolución 1029/2021 y conexas).
Volumen anual de negocios en el ámbito a que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de ofertas, por importe de al menos una vez y media el valor anual medio del contrato, es decir, por importe igual o superior a 220.393,15 € (importe equivalente a una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medios de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventario y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.