Importe (Sin Imp.)
162.000,00 €
Total: 196.020,00 €
Valor Estimado
162.000,00 €
Expediente
2026000622
Plazo Presentación
28/9/2026 (14:00:00)
Tipo de Contrato
Suministros
Subtipo
Adquisición
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
30 Día(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Ampliación de garantía | 8 | Matemático |
| Características técnicas y funcionales | 52 | Matemático |
| Oferta técnica | 40 | Matemático |
Descripción de Solvencia
Solvencia técnica y solvencia económica-financiera
Se presentara una relación de los principales suministros del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste. Será requisito mínimo que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior valor estimado del contrato
El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año. La acreditación se realizará mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro Mercantil y que contenga las cuentas anuales, siempre que esté vencido el plazo de presentación y se encuentren depositadas; si el último ejercicio se encontrara pendiente de depósito, deben presentarlas acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano competente para ello y de su presentación en el Registro. Los empresarios individuales no inscritos deben presentar su libro de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Los empresarios no españoles, acreditarán su solvencia económica y financiera por medio de sus cuentas anuales o documentación equivalente, aprobadas y depositadas en el registro oficial que corresponda; en el caso de no existir esta obligación en el país de origen, se acreditará mediante una declaración del propio empresario. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público sirve para acreditar, en los términos del art. 96 LCSP, las condiciones de solvencia tanto económica como técnica del empresario.